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Chile

El Gobierno envió a la Cámara de Diputados un proyecto que modifica ciertos aspectos de la normativa. Sernageomin, en tanto, dispuso seis documentos con orientaciones para las empresas.

Miércoles 08 de Octubre de 2014.- El Gobierno envió a la Cámara de Diputados un proyecto que modifica la Ley de Cierre de Faenas e Instalaciones Mineras, y el decreto que crea el Servicio Nacional de Geología y Minería (Sernageomin). La iniciativa busca perfeccionar la fórmula con que se calcula la vida útil de los proyectos mineros, y otros aspectos relacionados con la garantía financiera para proyectos de hidrocarburos, además de ajustes en la evaluación de los proyectos de cierre.

Los cambios apuntan también a aumentar las atribuciones de Sernageomin, entregándole facultades para requerir obligatoriamente la información geológica básica de un yacimiento

En este sentido, la modificación al cuerpo legal propone, "una sanción de multa para el evento de que el empresario minero no cumpla el requerimiento realizado por dicho Servicio". El texto que fue enviado al Parlamento remarca que, actualmente, "el Código de Minería y su Reglamento no establecen sanciones para el caso de incumplimiento en la entrega de la información señalada" por lo que "las empresas no se sienten obligadas a cumplir". Ello dificultaría la labor del organismo e impediría "difundir información que es útil para el desarrollo de la minería", indica el documento.


Guías Metodológicas

Por otra parte, Sernageomin anunció mediante un comunicado que ha dispuesto en su sitio web una serie de orientaciones para las empresas que deben presentar planes de cierre, con su respectiva valorización económica y medidas de remediación ambiental. Se trata de un total de seis guías metodológicas sobre cómo remediar ambientalmente y valorizar el cierre de una faena minera en Chile

La Ley 20.551 de Cierre de Faenas e Instalaciones Mineras rige desde el año 2012, y el próximo 11 de noviembre cumple otra etapa clave en su aplicación, pues vence el plazo para que las empresas con una capacidad de extracción superior a 10.000 toneladas brutas mensuales, y que estén sujetas al régimen transitorio, presenten la valorización de los costos de los planes de cierre aprobados. En tanto, las faenas con una menor capacidad de extracción deberán presentar un plan de cierre simplificado: dichas faenas no van a valorizar ni garantizar, pero deben presentar las medidas de cierre; informó Sernageomin.

Para el Director Nacional de Sernageomin, Rodrigo Álvarez, "esta ley es un hito" y marca "el inicio de una minería sustentable, porque las empresas van a asumir la responsabilidad de los impactos directos, indirectos, acumulativos y sinérgicos respecto de las faenas mineras en su etapa posterior a la explotación". "Desde ahora la minería en Chile se hace cargo de sus pasivos ambientales. El Estado va disponer de información relevante para evaluar los informes de las empresas, y prever el mejor modo de evitar los impactos cuando un yacimiento ya cumplió su vida útil”, aseguró.

Las seis guías que entregó la entidad son relativas a la Presentación de Planes de Cierre de Exploración y Prospección; tres guías para Presentación de Planes de Cierre de Faenas Mineras para las diferentes categorías de las minas, según su producción (menores a 5.000, entre 5000 y 10.000, y mayores a 10.000 tonelas por mes); Evaluación de Riesgos para el Cierre de Faenas Minera; y finalmente una Guía para la Constitución de la Garantía Financiera. Adicionalmente, la Guía de Valorización de Planes de Cierre se encuentra en etapa final de revisión interna, mientras que la Guía de Estabilización Química está en etapa de elaboración, y se avanza en la definición de los alcances de la Guía de Estabilidad Física.

“En el desarrollo de estas guías, nueve en total, el Sernageomin ha realizado una tarea para abordar las diferentes particularidades de la minería", explicó la jefa del Departamento de Gestión Ambiental y Ley de Cierre de Faenas Mineras de Sernageomin, Ana Luisa Morales; quien explicó que son herramientas "de orientación y de apoyo", que "no tienen carácter obligatorio, sino que son referenciales”.

 

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