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Jueves 11 de Junio de 2015.- La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA), detectó diversas irregularidades y formuló cargos contra varias empresas generadoras, esto en el marco de evaluación de cumplimiento en 2014 de la Norma de Emisión para Centrales Termoeléctrica.
Según una publicación de diario Financiero, las compañías en cuestión serían Endesa (a través de cinco filiales), SW Consulting
Las cinco empresas son Endesa, Empresa Nacional de Electricidad San Isidro S.A, SW Consulting, Compañía Eléctrica Tarapacá y E-CL. . Si se confirman las acusaciones en conjunto arriesgan multas que podrían superar los USD 50 millones.
El matutino señala que en el caso de Endesa
En primer lugar, se formularon cargos "gravísimos" por no entregar la información necesaria para acreditar el cumplimiento de la Norma de Emisión. Este es el caso de Empresa Nacional de Electricidad (Endesa), respecto de la Unidad de Generación Eléctrica N° 1 de la Central Termoeléctrica Diego de Almagro; ubicada en la Región de Atacama. Empresa Nacional de Electricidad (Endesa), respecto de las Unidades N° 3, N° 4 y N° 5 de la Central Termoeléctrica Huasco, ubicadas en la Región de Copiapó. 

En el mismo incumplimiento habría incurrido Empresa SW Consulting respecto de su Central Termoeléctrica El Salvador en la Región de Atacama. Para este grupo de 4 unidades, se consideran multas de hasta 10.000 UTA, cada una.

En el caso de la superación de la norma de emisión respecto de Material Particulado, la SMA formuló cargos "graves" a dos filiales de Endesa (Bocamina en la región del Biobío y la unidad Nº 1 de San Isidro en Valparaíso). Ambas arriesgan multas por hasta 5.000 UTA.

El cargo de E-CL, fue por las Unidades de Generación Eléctrica CTM 1 y CTM 2 en la región de Antofagasta, donde fueron calificadas como "leve", con hasta 1.000 UTA de multa.

Cabe recordar que la SMA es el organismo encargado de fiscalizar el cumplimiento de la Norma de Emisión para Centrales Termoeléctricas . Durante el año 2014 la Superintendencia comenzó a evaluar el cumplimiento del límite de emisión que aplica para Material Particulado (MP), cuya verificación se debe evaluar anualmente.


En estos casos, la formulación de cargos es el inicio de un procedimiento sancionatorio por parte de la SMA. Por su parte, el infractor cuenta con 10 días para presentar un Programa de Cumplimiento –si corresponde- o bien, con 15 días para presentar descargos ante esta Superintendencia, tras lo cual continúa el proceso sancionatorio.

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