Home   +562 2225 0164 info@portalminero.com

Síguenos

Skip to end of metadata
Go to start of metadata

Argentina

El Gobierno provincial emplazó a la empresa brasileña a proseguir con las obras y tareas del proyecto de explotación de sales de potasio, que la firma realiza a través de la subsidiaria Potasio Río Colorado S.A. Si no se reanudan los trabajos se declarará la caducidad de la concesión.

Viernes 25 de Enero de 2013.- En una carta dirigida al secretario de Minería de la Nación, Jorge Mayoral, la dirección de Minería mendocina informó que el gobierno provincial ordenó a Vale "proceder a la inmediata reactivación de los trabajos y observar el fiel cumplimiento de los cronogramas presentados ante a la Autoridad Minera".

En caso de que no se proceda de acuerdo a ese mandato, la resolución dispone el "apercibimiento de tener por configurado el abandono de la concesión en los términos del artículo 226 del Código de Minería y disponer la caducidad de la concesión por incumplimiento de las obligaciones a su cargo, conforme la normativa aplicable".

La Resolución Nº 13 fue firmada por el Procurador Marcelo Daniel Calvo, por orden del director provincial de Minería, Carlos Molina.

En el texto se recuerda que Potasio Río Colorado S.A. comunicó a la dirección de Minería provincial el 15 de enero pasado que "el proyecto se encuentra sin actividad por el receso estival desde el 22 de diciembre del pasado año hasta el 21 de enero del corriente".

Tres días más tarde, la representante de la empresa, Cristina Baigorria, informó mediante un correo electrónico que "continuará el receso en el Proyecto Río Colorado hasta nuevo aviso".

La autoridad minera destacó a continuación que "los trabajos en las minas no pueden ser impedidos ni suspendidos, sino cuando así lo exija la seguridad pública, la conservación de las pertenencias y la salud o existencia de los trabajadores".

El organismo invocó también el artículo 226 del Código de Minería provincial, que establece que "es denunciable una concesión aunque haya pasado a poder de terceros, por abandono, cuando los dueños, por un acto directo y espontáneo, manifiesten a la autoridad la resolución de no continuar los trabajos".

Telam

Portal Minero