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Perú

Lunes 01 de Abril de 2013.- Se acerca el día del pago de utilidades de las empresas privadas a sus trabajadores, y quienes tendrán mayores ingresos serán los que pertenecen al sector minero y telecomunicaciones e industria.

Pese a que en el sector minero se reparte el 8%, las ingentes ganancias de las mineras hacen engrosar los bolsillos de sus servidores.

En telecomunicaciones e industria se reparte el 10% de las utilidades netas, explica el laboralista Ricardo Herrera.

A ellos les siguen los trabajadores de los sectores comercio y servicios que perciben el 8%, en tanto que los restantes, como por ejemplo el sector petrolero, se dividen el 5%.

¿Sabe cuándo recibirá ese dinero extra que seguramente destinará para invertir, para pagar una deuda o simplemente para ahorrar?

Pues pasados los 30 días en que su empresa realice la declaración jurada y el pago del impuesto a la renta ante la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (Sunat), la empresa en la que trabaja debe hacerle el depósito.

Según la norma, las empresas deben cumplir con estas obligaciones entre el 22 de marzo y el 2 de abril, por lo que se estima que entre abril y mayo los trabajadores podrán ver ese ingreso adicional en sus cuentas personales.

Sin embargo, Herrera apunta que existen empresas que prefieren pagar las utilidades de manera anticipada para deducirlo como gasto. Es decir, habría ya en la calle, trabajadores con dinero en mano como producto de ello.

Pero no todas las compañías privadas están en la obligación de hacer el pago de utilidades, pues las empresas con menos de 20 trabajadores, las sociedades civiles, empresas autogestionarias y las cooperativas no tienen la obligación de hacer ese pago.

Además las empresas que no generen utilidades durante el año fiscal anterior no están obligadas a este pago.

Se debe precisar que las utilidades no pueden superar un acumulado de 18 sueldos que percibe el trabajador.

Le corresponde recibir utilidades a todo trabajador que esté en planilla o realice labores de medio tiempo.

Tenga en cuenta que las empresas que incumplan con el reparto de las utilidades entre sus trabajadores son pasibles de recibir una multa de hasta 10 UIT (S/. 36.500).

En caso exista un dinero excedente luego de haber realizado el pago a los trabajadores, ese monto pasará al Fondo de Empleo, el cual es administrado por el Ministerio de Trabajo (MTPE).

¿CUÁNTO LE TOCA AL TRABAJADOR?

El laboralista Ricardo Herrera explica que del monto de utilidad generado por la empresa, el trabajador recibirá una cantidad según dos consideraciones: el 50% del porcentaje a distribuir se calcula en función de los días trabajados. Es decir, aquellos en los cuales el trabajador haya cumplido con la jornada ordinaria de la empresa.

En tanto, el 50% restante se calcula en función de la remuneración del trabajador.

La República

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