Home   +562 2225 0164 info@portalminero.com

Síguenos

Skip to end of metadata
Go to start of metadata

Chile

El proyecto de acuerdo N° 734, fue aprobado por la Corporación por 69 votos a favor y 7 abstenciones, mientras que el texto fue presentado por los diputados Lautaro Carmona (PC), Adriana Muñoz (PPD), Sergio Aguiló (IC), Manuel Rojas (UDI), Pedro Velásquez (Ind), Luis Lemus(PS), Marcos Espinosa (PRSD) y Eduardo Cerda (DC).

Lunes 22 de Abril de 2013.- La Cámara de Diputados acordó solicitar al Presidente Sebastián Piñera, un proyecto de ley para crear una empresa estatal a cargo de ejercer el derecho de explotación de litio reservada para el Estado, por su condición de no concesible.

El proyecto de acuerdo N° 734, fue aprobado por la Corporación por 69 votos a favor y 7 abstenciones, mientras que el texto fue presentado por los diputados Lautaro Carmona (PC), Adriana Muñoz (PPD), Sergio Aguiló (IC), Manuel Rojas (UDI), Pedro Velásquez (Ind), Luis Lemus(PS), Marcos Espinosa (PRSD) y Eduardo Cerda (DC).

Los autores precisan que "el litio existente en Chile es de alta calidad, cuyas reservas pese a lo impreciso, son sumamente relevantes a nivel internacional".

Añaden que "la importancia del litio ha hecho que el consumo de carbonato de litio por ejemplo, se haya duplicado en los últimos cinco años según datos de Cochilco. Por último, no podemos soslayar que el litio contribuye y juega un rol en el proceso de fusión nuclear. En síntesis, Chile es un país privilegiado en lo que a reservas de litio se refiere".

Por ello, y dado el interés de empresas internacionales por explotar este mineral, es que el texto señala que se debe pensar en la idea de maximizar la producción nacional relacionada con el litio, mediante una visión de mediano y largo plazo fundamentalmente asociado a encaminar dicha actividad hacia una segunda fase exportadora. "La consecuencia racional de esta política pública sería la consolidación de Chile como el líder en la producción, investigación y uso del litio".

En la legislación chilena, el litio posee un régimen jurídico de carácter excepcional, puesto que no es concesible y se establece el modo de operar de este régimen excepcional, el que considera su exploración, explotación o beneficio de sus yacimientos directamente por el Estado o sus empresas, o por medio de concesiones administrativas o de contratos especiales de operación, con los requisitos y bajo las condiciones que el Presidente de la República fije.

"Debemos procurar una institucionalidad estatal fortalecida que propenda hacia la consolidación de una posición de liderazgo internacional, que genere empleo y resguarde los equilibrios medioambientales presentes y que son vitales y consustanciales a una explotación sustentable de largo aliento, apoyando asimismo la inserción local y regional en la participación de los beneficios asociados", indica el texto.

Terra

Portal Minero