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México

Martes 23 de Abril de 2013.- La Comisión de Hacienda y Crédito Público de la Cámara de Diputados aprobó las reformas a las leyes Minera y de Coordinación Fiscal para establecer que las empresas mineras pagarán anualmente un derecho de 5% sobre los ingresos acumulables netos en todas las concesiones que operen, cuyo dictamen se turnó a la Mesa Directiva de la Cámara Baja para su discusión y eventual ratificación por parte del pleno cameral entre hoy y pasado mañana.

Aun cuando la iniciativa original del PRI proponía que dicho derecho fuera de 4%, los legisladores determinaron, en consenso con la Comisión de Economía, aumentar la tasa con el argumento de que no reflejaba de manera adecuada el beneficio económico que obtienen las empresas mineras derivado del grado de aprovechamiento que efectúan en la extracción.

Desde la perspectiva de los diputados federales, la enmienda habrá de generar un beneficio económico justo para la nación derivado de la explotación de los recursos del subsuelo, lo que a su vez propiciará un adecuado desarrollo de las zonas productoras y de las comunidades mineras.

El dictamen aprobado por unanimidad fija la obligación para los concesionarios mineros de pagar un derecho de 5% sobre la diferencia positiva que resulte de restar a los ingresos derivados de la enajenación o venta de la actividad extractiva las deducciones autorizadas.

Deja claro, además, que el pago del nuevo derecho se efectuará con independencia de los pagos de otros derechos sobre minería que en su caso procedan conforme a la propia Ley Minera o a la Ley Federal de Derechos.

En la ley de coordinación se establecerá la forma de distribución de los nuevos recursos recaudados creando un Fondo de Aportaciones para el Desarrollo Regional Sustentable de Estados y Municipios Mineros, que recibirá 70% de la recaudación; en tanto que 30% restante se considerará recaudación federal participable.

De dicho fondo, 50% de los recursos se destinará a los municipios y demarcaciones del Distrito Federal en los que haya tenido lugar la explotación y obtención de sustancias minerales; y la otra mitad, a la entidad federativa correspondiente para ser aplicados en inversión física con un impacto social, ambiental y de desarrollo urbano positivo.

Eleconomista.com.mx/

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