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Chile

En fallo unánime, la Corte Suprema rechazó un recurso de queja presentado en contra de una decisión de la Corte de Apelaciones de Santiago, que desestimó entregar información respecto de un tratado minero entre Chile y Argentina sobre el proyecto Pascua Lama.

Viernes 04 de Abril de 2014.- La Tercera Sala del máximo tribunal del país -integrada por los ministros Sergio Muñoz, Héctor Carreño, María Eugenia Sandoval, Carlos Cerda (suplente); además del abogado integrante Arnaldo Gorziglia- descartó alguna infracción a la ley en la determinación que negó la entrega de datos a Andrés Pozo Barceló (periodista revista Qué Pasa), por considerar que no se cumplió con el trámite de notificación a terceros interesados.

La información solicitada se refería a las actas de las reuniones de la Comisión Administradora del Tratado sobre Integración y Complementación Minera entre Chile y Argentina, desde 2000 en adelante, incluyendo las reuniones realizadas el 2012, y las actas emanadas de las reuniones del Grupo de Trabajo del mismo tratado y resoluciones que hayan emanado de esa instancia, órgano que denegó la solicitud, aduciendo que la entrega de dichas actas afectaría el interés de Chile y los derechos de un tercero, el Estado Argentino.

“Al fallar los jueces del grado como lo hicieron, acogiendo la reclamación de ilegalidad interpuesta por la Subsecretaría de Minería en contra del Consejo para la Transparencia para negar, en definitiva, acceso a la información pedida a su respecto, no han incurrido en falta o abuso grave, por lo que el recurso en examen será desestimado”, declaró el fallo.

Biobiochile.cl

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