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Chile

Mientras en el gobierno celebran el visto bueno de Contraloría, en las empresas y consultoras recién se están estudiando los cambios y sus impactos. Por lo pronto, se espera con ansías la promesa de terminar con la judicialización de los proyectos.

Martes 13 de Agosto de 2013.- A viva voz. Quien desee desarrollar un proyecto o actividad que genere un impacto mayor en una comunidad tendrá que anunciar por una radio la presentación del Estudio o Declaración de Impacto Ambiental mediante la emisión de, al menos, cinco avisos transmitidos a su costa. Ahí deberá explicarse quién desarrollará la obra, su tipo, el lugar dónde se emplazará y la fecha máxima hasta cuando quienes quieran formular observaciones lo puedan hacer.

Este es sólo uno de los artículos que incluye el nuevo reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, el que entrará en vigencia en 90 días más tras ser publicado ayer en el Diario Oficial. Esta es la primera modificación de la normativa sectorial en quince años.

“El objetivo del nuevo reglamento es realizar la evaluación ambiental en etapas tempranas, por eso, en la descripción del proyecto, se le solicitará al titular contenidos mucho más específicos para que se concentre la evaluación ambiental en la primera parte, de modo tal de entregar desde el inicio del procedimiento la mayor certeza posible en cuanto al contenido del proyecto como de los impactos que tiene”, destaca María Ignacia Benítez, ministra de Medio Ambiente .

En efecto, entre el contenido mínimo que deberán incorporar los Estudios de Impacto Ambiental se incluye la caracterización y análisis de los aspectos del proyecto o actividad asociados a la atmósfera, como el clima y meteorología, la calidad del aire, los niveles de ruido, la luminosidad, la intensidad de los campos electromagnéticos y de radiación, entre varios otros elementos.

“El titular tendrá claro cuál es la información que se le solicitará desde un principio, y en la medida que entregue toda la información requerida, la evaluación se centrará en lo ambientalmente relevante y no en preguntas innecesarias que dilaten el proceso. Esto es un esfuerzo tanto para los privados como para el Estado”, añade la ministra Benitez.

IMPACTO
Con la normativa, se limita a dos el número de veces que la autoridad puede solicitar información al titular del proyecto, en circunstancias que hoy muchos procesos tiene tres y hasta cuatro rondas de consultas.

Por esto, se estima que el rol del Servicio de Evaluación Ambiental cobrará mayor relevancia, porque, no sólo coordinará los distintos órganos del Estado, sino que además evaluará los proyectos tomando un rol mucho más activo en la evaluación de proyecto. En este contexto, la normativa actualiza el listado de permisos ambientales sectoriales y redefine su contenido, así como el rol de los servicios públicos en su tramitación y otorgamiento buscando un mejor desarrollo de la ventanilla única.

“Además, el reglamento redefine la información necesaria para el ingreso de una Declaración de Impacto Ambiental o un Estudio de Impacto Ambiental, buscando dar mayor certeza a los regulados y la ciudadanía”, afirma la ministra de Medio Ambiente. “El reglamento da cuenta de toda la jurisprudencia de la Corte Suprema en la materia”, añade el fiscal del Ministerio de Medio Ambiente, Rodrigo Benítez.

Andrés Poch, fundador de Poch Ingeniería (que realizó la Declaración de Impacto Ambiental de HidroAysén), dice que recién se están analizando los alcances del cambio normativo. No obstante, a su juicio el problema de la judicialización de los proyectos no está en el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. “Hay personas que no sabemos los interés que hay detrás y que van a articular comunidades en contra de los proyectos; también, las compañías no son las más hábiles para llevar esa relación comunitaria y no articulan bien ese activo”, explica el experto. Y agrega: “La tranca en el desarrollo de inversión no está en el SEIA. El problema es el tema comunitario y la judicialización de proyectos”.

Junto con destacar la iniciativa, dice que “hay modificaciones que van a tomar un tiempo de ajuste, pero son cosas razonables” y que siempre han pasado.

Para Joaquín Villarino, presidente ejecutivo del Consejo Minero, esta regulación faltaba para que pueda comenzar a regir plenamente la nueva institucionalidad ambiental, tras los cambios a la Ley de Bases del Medio Ambiente introducidos en 2010. “En la medida que se logre el mismo entendimiento sobre cómo aplicarlas, habrá más certezas, y consiguientemente debería reducirse la judicialización de proyectos. Esperamos que así sea”, afirma.

El dirigente destaca que el reglamento del SEIA indica en qué casos debe realizarse un proceso de consulta indígena, aunque sus etapas -dice- sean las que en definitiva se establezcan en el reglamento general de consulta indígena, el que aún no es presentado por el gobierno.

El fiscal del Ministerio de Medio Ambiente, Rodrigo Benítez, explica este punto. “Ahora las comunidades tienen participación permanente en toda la evaluación y se señala en el reglamento, y al igual que el convenio 169, que esa participación debe ser con miras a llegar a un acuerdo o bien a influir en la decisión final”.

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