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Chile

El máximo tribunal respaldó las sanciones aplicadas por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles por el apagón generalizado, que afectó a gran parte del país el domingo 14 de marzo de 2010.

Viernes 22 de Noviembre de 2013.- La Corte Suprema ratificó las sanciones aplicadas por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, SEC, a las empresas eléctricas responsables del blackout, o apagón generalizado, que afectó a gran parte del país, el domingo 14 de marzo de 2010, razón por la cual aplicó una multa total de 6.300 Unidades Tributarias Anuales (UTA), es decir, fijó en más de $3 mil millones el monto aplicado a las empresas sancionadas.

El apagón generalizado abarcó a todo el Sistema Interconectado Central, SIC, es decir, entre Tal Tal y Chiloé, afectando a más de 13 millones de personas, y causando impacto en la opinión pública debido a la cercanía del terremoto del 27F del mismo año.

De acuerdo a la investigación de la SEC, la falla se originó en la Subestación Charrúa, ubicada en la Región del Bío Bío, propiedad de la empresa Transelec, razón por la cual se inició una inmediata investigación, la que concluyó con la aplicación de sanciones, en septiembre de 2011, correspondientes a 18 multas y 98 amonestaciones, para las diferentes empresas que operan dentro del SIC.

Una vez conocidas las sanciones, las empresas afectadas presentaron más de 70 recursos de reposición, una serie de reclamaciones en Tribunales y un par de presentaciones ante la Contraloría General de la República. Luego del rechazo de las reposiciones en Tribunales, se juntaron más de 30 reclamaciones judiciales, parte de las cuales fueron aceptadas por algunas Cortes de Apelaciones.

Finalmente, la Corte Suprema tomó la decisión de revisar en conjunto todos los procesos y luego de escuchar los alegatos de todas las partes. El miércoles 20 de noviembre dictó sentencia, la que “reconoce que todos los actores y coordinados del sistema tuvieron un grado de responsabilidad en el apagón de marzo del 2010, ya sea por la falla propiamente tal, o por no haberse coordinado para efectos de que la recuperación del sistema haya sido más expedita”.

El fallo agrega que “el terremoto del 27 de febrero no puede ser considerado como una causal que exima de responsabilidad a las empresas (caso fortuito) aunque si lo considera como una explicación que afectó la producción y transporte de energía, cuestión que la Corte contempla para ajustar el monto de las multas originalmente aplicadas”.

De este modo, el máximo Tribunal del país, ordena pagar más de 6.300 UTA a las empresas multadas, revoca algunas reclamaciones que habían sido aceptadas en otras cortes del país, y en definitiva ratifica las sanciones impuestas por la SEC.

El Superintendente de la SEC, Luis Avila Bravo, tras conocer el dictamen judicial, sostuvo que “el fallo de la Corte Suprema viene a ratificar la postura que siempre mantuvimos como SEC, que era que las empresas que integraban el SIC tuvieron responsabilidad en este blackout, tanto en la interrupción en sí, como en la demora en la restitución del servicio”.

El titular del organismo fiscalizador agregó que “es importante además que la justicia haya dictaminado que el terremoto del 27F no podía ser considerado como causal de eximición de responsabilidad, que fue lo que muchas empresas argumentaron desde un inicio. Entendemos que se trata de un evento importante, pero siempre sostuvimos que, independiente de aquello, las empresas tienen la obligación de entregar un suministro eléctrico continuo y seguro”.

Finalmente, Avila añadió que lo que pretende el organismo que dirige, más allá de las multas y sanciones, es que estos dictámenes judiciales, sirvan para que las empresas mejoren sus estándares y corrijan aquellas fallas para entregar un mejor servicio a sus clientes.

Además de las multas aplicadas, es importante recordar que al cerrar la investigación, en septiembre del 2011, la SEC instruyó a las distribuidoras responsables, para que se aplicaran compensaciones a los usuarios afectados por el blackout. En total, fueron $2.500 millones los que debieron pagar las empresas, a 4 millones 720 mil clientes afectados por la interrupción.

LTOL

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