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Chile

El tribunal acogió reclamación presentada por regantes del río Aconcagua contra el Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) y le ordenó admitir a trámite la solicitud de invalidación presentada por esta agrupación.

Martes 01 de Agosto de 2017.- El Tribunal Ambiental de Santiago, por la unanimidad de sus integrantes, acogió la reclamación presentada por regantes del río Aconcagua en contra del Servicio de Evaluación Ambiental (SEA), asociada al proyecto “Cambios al Proyecto de Modificación Sistema de Manejo de Aguas de Contacto del Depósito de Lastre Norte” de Codelco División Andina.

La Junta de Vigilancia de la Primera Sección del río Aconcagua acudió al Tribunal Ambiental luego que el SEA no admitiera a trámite la solicitud de invalidación que esta agrupación formuló en contra de la resolución del órgano evaluador que determinó que dicho proyecto no debía ingresar al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental en el marco de una consulta de pertinencia presentada por Codelco.

Según la sentencia “revisado el texto de la resolución reclamada, es posible constatar que, si bien se cita el artículo 41 en análisis, no se expresan en sus consideraciones los motivos que acrediten la concurrencia de alguna de las hipótesis que establece la misma norma”. (…) “por todo lo razonado anteriormente, a juicio de estos sentenciadores el acto administrativo revisado, esto es, la Resolución Exenta N° 1129/2016, no funda correcta o satisfactoriamente la concurrencia de alguno de los presupuestos para resolver la inadmisibilidad según lo dispone el inciso 5° del artículo 41 de la Ley N° 19.880, por lo que se configura el vicio de ilegalidad alegado”.

Así, junto con anular la resolución controvertida, el Tribunal resolvió ordenar al SEA dar curso al procedimiento de invalidación solicitado por los regantes, “dentro del plazo perentorio de 60 días contados desde la notificación de esta sentencia”.

Finalmente, el Tribunal no se pronunció sobre el resto de las alegaciones de las partes, particularmente respecto de la legalidad de la resolución del SEA que resolvió que el proyecto de Codelco Andina no debía ingresar al SEIA, por ser incompatible con lo resuelto.

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