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Chile

Martes 08 de Octubre de 2013.- A pocos días de que se filtrara el documento con la formulación de cargos contra Julio Ponce, Aldo Motta, Roberto Guzmán Lyon y Patricio Contesse Fica, las partes involucradas empiezan a madurar la situación, y los efectos que las acusaciones de la Superintendencia de Valores y Seguros (SVS) ha dejado.

Mediante un escrito reservado enviado a la SVS, la defensa de uno de los acusados pidió impugnar el proceso sancionatorio que dicho organismo lleva a cabo, esto justamente por la filtración de los documentos.

El argumento, explican fuentes, se basa en que la filtración podría implicar una vulneración a la presunción de inocencia de las partes, pero además también una infracción contra la ley orgánica, así como al mismo reglamento interno del regulador.

La Ley Orgánica de la Superintendencia, señala en su artículo 23 que los empleados o personas que a cualquier título presten servicios en la Superintendencia estarán obligados a guardar reserva acerca de los documentos y antecedentes de las personas o entidades sujetas a la fiscalización, siempre que tales documentos y antecedentes no tengan el carácter de públicos. La infracción a esta obligación será sancionada en la forma establecida en el inciso primero del artículo 247 del Código Penal”.

Dicho artículo del Código Penal, establece, por su parte, que “el empleado público que, sabiendo por razón de su cargo los secretos de un particular, los descubriere con perjuicio de éste, incurrirá en las penas de reclusión menor en sus grados mínimo a medio y multa de seis a diez unidades tributarias mensuales”.

En tanto, el reglamento interno de la SVS, aprobado en 2008 y firmado por Guillermo Larraín, señala que el deber de reserva implica “que todo personal de la SVS está obligado a respetar la reserva en sus relaciones con terceros, incluidos los funcionarios del servicio o otros servicios públicos”, y que “los funcionados de la SVS tienen la obligación de reserva respecto de la información que se dispone en razón del cargo, posición o actividad”.
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El documento?

El documento de la formulación de cargos, explicitaba el entramado de relaciones de diferentes sociedades de inversión que formaban parte de un complejo “esquema de operaciones” con el que transaban acciones de las firmas mediante las cuales Julio Ponce controla SQM.

De acuerdo a la formulación de cargos realizada por el regulador, estas sociedades operaron entre los años 2009 y 2011, como Cascadas, Relacionadas, Vinculadas e Instrumentales, todas en función de Ponce.

Aquí, es donde se acusa la participación no sólo de cercanos al empresario en cuanto a su relación profesional, de confianza o laboral, sino que también entidades como LarrainVial, intermediaria a la que se acusó de ser funcional al esquema, además de sociedades de Alberto Le Blanc.

DF

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