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Argentina

El presidente de la Cámara Minera de Argentina aplaudió la determinación judicial que exculpó a Barrick y aseguró que con este fallo favorable se podría adelantar la esperada reactivación del proyecto.

Miércoles 25 de Marzo de 2015.- Luego que el Tribunal Ambiental de Santiago rechazara la demanda interpuesta contra Compañía Minera Nevada SpA. por el supuesto daño que provocaría en los glaciares aledaños a su proyecto Pascua Lama, el presidente de la Cámara Minera de Argentina, Jaime Bergé, celebró el fallo y aseguró que es una “excelente noticia para el sector”.

Bergé detalló que si bien es complicado que se logre reactivar el proyecto binacional durante este año, “la determinación de la justicia chilena puede ayudar a que los tiempos se aceleren. Barrick indico que podría suceder en 2017, pero esto puede ayudar a que sea antes”, dijo a DiarioHuarpe.com.

El empresario explicó además que la determinación del tribunal ambiental de Santiago podría ayudar cuando la empresa deba presentar el informe de impacto ambiental en Chile.

En relación a las condiciones del proyecto minero en el país trasandino, el timonel de la Cámara Minera afirmó que “en San Juan los trabajos en alta montaña continúan, hay gente trabajando en el mantenimiento y resta esperar que sucede, pero hay que decir que la noticia en Chile le da el aval que necesitaba la empresa para seguir trabajando en busca de la reactivación”.

Cabe mencionar que la acción judicial fue interpuesta por pequeños agricultores, ganaderos de la comuna Alto del Carmen y por el Observatorio Latinoamericano de Conflictos Ambientales (OLCA); que alegaban una afectación de los glaciares Toro 1, Toro 2 y Esperanza y, por extensión, de la cuenca del río El Toro, hacia donde escurren sus aguas.

En la sentencia el Tribunal determinó que “existe una multiplicidad de antecedentes probatorios concordantes entre sí que, apreciados conforme a las reglas de la sana crítica (…), permiten dar por acreditado que no se ha alterado la tendencia histórica de pérdida de masa de los cuerpos de hielo del área de influencia del Proyecto”. En este sentido, el tribunal señaló que para establecer la existencia del referido daño ambiental,  se aplicó una metodología recomendada nacional e internacionalmente para determinar las emisiones y depósito de material particulado en los glaciaretes, y su efecto sobre estos cuerpos de hielo y la consiguiente disponibilidad del recurso hídrico que generan.

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