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Chile

En la lista aparecen 3 empresas ligadas al sector minero: SCM Corporación de Desarrollo del Norte, Minera Escondida y transportes mineros Pietro Depetris e Hijos y Cía. Ltda.

08 de Agosto de 2012.- Tal como lo establece el Código Laboral, la Dirección del Trabajo publicó en un medio de circulación nacional la nómina de empresas condenadas por la justicia por prácticas antisindicales.

De acuerdo a la Ley 19.886, éstas quedan excluidas como proveedoras del sistema de compras públicas del Estado durante dos años, a contar de la fecha en que la sentencia se encuentra en condición de ejecutoriada.

En la lista aparecen 3 empresas ligadas al sector minero: SCM Corporación de Desarrollo del Norte (Codenor, ex Cosayach), condenada 2 veces en enero de este año al pago de 100 UTM por cada infracción.

Asimismo, aparece Minera Escondida, con sentencia en mayo de este año. También figura la empresa de transportes mineros Pietro Depetris e Hijos y Cía. Ltda., con una multa que asciende a las 100 UTM.

En el sector educacional se presentan 3 casos: Fundación Educacional Nuestra Señora de la Paz, con 50 UTM; Sociedad Palma y Penna Ltda. (Colegio Liahona), con 20 UTM, y Servicios Educacionales Integrales (Christian Garden School), con 100 UTM.

En conferencia de prensa, la directora del Trabajo, María Cecilia Sánchez, destacó que “acá las vulneraciones son a la libertad sindical, entendida como el derecho de las asociaciones de formar sindicatos, de no interferir o no tener injerencia en los acuerdos sindicales, o bien, muchas veces, despedir a trabajadores que tienen fuero laboral (…) para nosotros, como Dirección del Trabajo, es muy importante la libertad sindical, y por eso la promovemos, tal como lo hacemos con la autonomía sindical”.

Por esto, la autoridad fue enfática para hacer un llamado a los empleadores, “ya que ellos deben permitir la existencia de sindicatos, los deben dejar actuar con autonomía y, de ninguna manera, pueden despedir a un trabajador aforado”.

Cuatro empresas reiteran su conducta en los últimos tres años. Hablamos de SuBus Chile S.A., RedBus Urbano S.A., Hipermercados Líder y Starbucks Coffee Chile S.A.. A esta última empresa, por segunda vez los tribunales le aplicaron la multa más alta, de 300 UTM.

LTOL
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