La decisión se produce en el marco de la presentación realizada ante la SEC por Generadores Independientes de Energía (GIE A.G.), que planteó la necesidad de revisar el instrumento regulatorio utilizado para abordar estas materias.

El Consejo Directivo del Coordinador Eléctrico Nacional (CEN) acordó por unanimidad, en su sesión del 23 de septiembre, suspender el Procedimiento Interno relativo al “Factor de Incertidumbre de Disponibilidad de Combustible Diésel”, materia que había sido objeto de una presentación de Generadores Independientes de Energía (GIE A.G.) ante la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC). En ese contexto, el Coordinador solicitó a la SEC el archivo de la denuncia presentada por el gremio.
En su presentación, GIE sostuvo que algunas de las materias incorporadas en el Procedimiento Interno, atendidos sus alcances técnicos y económicos, corresponderían al ámbito de una Norma Técnica, cuya dictación compete a la Comisión Nacional de Energía (CNE), conforme a la Ley General de Servicios Eléctricos.
El planteamiento de GIE se centró en el instrumento regulatorio utilizado para abordar estas materias y en la importancia de que su tratamiento se realice conforme a las competencias y procedimientos establecidos en la normativa vigente.
“Valoramos que esta materia se haya abordado a través de los canales institucionales. Como gremio nos corresponde representar los intereses legítimos de nuestros asociados y contribuir a que las diferencias regulatorias puedan resolverse técnicamente y dentro del marco establecido. Para GIE es importante mantener una relación de colaboración y diálogo con el Coordinador y las autoridades del sector”, señaló Mauricio Utreras, director ejecutivo de Generadores Independientes de Energía (GIE).
Como antecedente, el 21 de agosto, mediante el Oficio Ordinario Electrónico N°346563, la SEC instruyó al Coordinador suspender la tramitación del procedimiento y abstenerse de utilizar su metodología o resultados en materias asociadas a la disponibilidad de combustible, Potencia Limitada, indicadores de disponibilidad, Potencia Inicial, Potencia de Suficiencia y transferencias económicas, mientras no se respondieran los requerimientos formulados por la Superintendencia.



Comentarios (0)
Participa de la conversación. Tu comentario se publicará una vez revisado por el equipo editorial.