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La iniciativa busca dar a Cintac mayor agilidad y flexibilidad para abordar nuevas oportunidades, fortalecer su operación y potenciar sus negocios industrial y modular.

Grupo CAP solicita iniciar proceso para que Cintac pase a ser una sociedad anónima cerrada

Grupo CAP solicitó al directorio de Cintac S.A. convocar a una Junta Extraordinaria de Accionistas para someter a su consideración la cancelación de la inscripción de las acciones de la compañía en el Registro de Valores de la Comisión para el Mercado Financiero (CMF), proceso que, de concretarse, implicará que Cintac deje de ser una sociedad anónima abierta y pase a ser una sociedad anónima cerrada.

La solicitud se basa en que Cintac habría tenido menos de 2 mil accionistas durante los últimos 12 meses y, de acuerdo con la normativa vigente, no correspondería mantener sus acciones inscritas en el Registro de Valores.

En el caso de Cintac, operar como sociedad anónima cerrada le permitirá reducir costos y destinar mayores recursos a la operación y al fortalecimiento financiero de la compañía. Asimismo, le dará mayor agilidad y flexibilidad para la toma de decisiones y para abordar nuevas oportunidades que permitan potenciar sus negocios industrial y modular, orientados al desarrollo de soluciones constructivas más eficientes, que optimizan el uso de materiales y contribuyen a reducir el impacto ambiental.

La iniciativa se enmarca, además, en la estrategia de largo plazo de Grupo CAP, enfocada en fortalecer y rentabilizar su portafolio de negocios y potenciar las oportunidades de desarrollo de sus distintos segmentos, con el objetivo de avanzar hacia el liderazgo en materiales para la descarbonización, a través de productos y soluciones innovadoras y sostenibles.

Actualmente, CAP S.A. es el controlador de Cintac, con el 77.78% de sus acciones. El 22.22% restante pertenece a otros accionistas, entre ellos fondos de pensiones y de inversión.

Si la propuesta es aprobada en la Junta Extraordinaria de Accionistas, se deberán cumplir las etapas legales y regulatorias correspondientes, entre ellas el período de 30 días para ejercer el derecho a retiro y la solicitud de cancelación de la inscripción ante la CMF. Podrán ejercer este derecho quienes voten en contra de la propuesta o quienes, no habiendo asistido a la Junta, manifiesten su disidencia en los términos establecidos por la normativa.