Chile
El tribunal condenó a MINOSAL a ejecutar un conjunto de medidas de cierre, reparación, compensación, difusión y seguimiento, que deberán ser implementadas en los plazos establecidos en la sentencia.
martes 09 de septiembre del 2025.- El Primer Tribunal Ambiental acogió la demanda interpuesta por el Consejo de Defensa del Estado (CDE) y declaró que la operación de la Compañía Contractual Minera Ojos del Salado (MINOSAL) en la faena Mina Alcaparrosa provocó un daño ambiental significativo y de carácter permanente en el acuífero del río Copiapó.
Según se da cuenta en el fallo, se pudo confirmar durante el proceso judicial que MINOSAL generó, debido a su operación, una conexión hidráulica entre el acuífero del río Copiapó y la mina, lo que provocó el vaciamiento de volúmenes sustanciales de agua subterránea, modificaciones en la morfología y dirección de flujo, y un cambio relevante en la calidad fisicoquímica de las aguas. Se detalla que estos impactos afectan funciones esenciales del acuífero como proveedor de servicios ecosistémicos para la comuna de Tierra Amarilla, con consecuencias que superan el área inmediata del evento de subsidencia.
Tras el análisis de los antecedentes, el tribunal condenó a la empresa a la reparación del daño ambiental, decretando, además, el cierre definitivo y permanente de la faena minera Alcaparrosa, la presentación de un plan de cierre y una serie de medidas de reparación y compensación que MINOSAL deberá ejecutar.
En su contestación, MINOSAL reconoció la ocurrencia de la subsidencia minera o socavón en julio de 2022, pero argumentó que los efectos fueron de carácter temporal y acotado, añadiendo que el daño no era irreparable y que el estado actual del acuífero respondería a una sobreexplotación histórica y a las sequías.
Medidas ordenadas
El tribunal condenó a MINOSAL a ejecutar un conjunto de medidas de cierre, reparación, compensación, difusión y seguimiento, que deberán ser implementadas en los plazos establecidos en esta sentencia.
La sentencia ordena la implementación de medidas, tales como, la realización de un diagnóstico técnico ambiental del acuífero en los Sectores hidrogeológicos de Aprovechamiento Común (SHAC) 3, 4 y 5, el cierre definitivo y permanente de la faena minera Alcaparrosa, el relleno de la subsidencia o socavón, un programa de mantención y seguimiento de los muros y sellos construidos, así como el monitoreo y seguimiento de las medidas.
Adicionalmente, el tribunal ordenó la implementación de medidas para compensar en materia de seguridad hídrica y preservación ecosistémica, incluyendo la construcción de lagunas de infiltración, el traspaso e inhibición de derechos de aprovechamiento de aguas y el fortalecimiento de la infraestructura hidráulica de los servicios sanitarios rurales de Tierra Amarilla.
Asimismo, la sentencia contempla el monitoreo y seguimiento, una estrategia integral de difusión a la comunidad y la presentación de reportes anuales al tribunal hasta la total ejecución de las medidas.
Deja un comentario