Chile
Por Gino Araya, socio y senior ECOS Chile.
Dado lo anterior, las compañías deberán adaptarse rápidamente a un marco más digital, ágil y fiscalizable. Por lo mismo, para las empresas que hoy tienen proyectos en curso, es clave ajustar la estrategia de cumplimiento; y para aquellas que evalúan nuevas inversiones, se debe planificar desde el inicio, con reglas claras y plazos más predecibles.
Si bien introduce avances significativos, en cuanto a la estandarización de procedimientos, la definición de plazos y la implementación de un sistema informativo digital que mejora la visibilidad y trazabilidad de los permisos, su alcance va más allá de una simple reorganización del sistema vigente. Incorpora transformaciones estructurales como la creación de técnicas habilitantes alternativas (avisos y declaraciones juradas) para actividades de bajo riesgo, la tramitación ágil de proyectos priorizados mediante la reducción de plazos, y el establecimiento de un marco de mejora regulatoria continua que permite suprimir o modificar autorizaciones existentes.
Una de las modificaciones relevantes que contempla es la participación de entidades técnicas externas en la verificación de requisitos, lo que representa un cambio en la forma en que se gestionan y fiscalizan los permisos.
Entre los cambios que se introducen al procedimiento actual, se incluyen normas mínimas comunes para la tramitación, tales como: el establecimiento de un procedimiento unificado de solicitudes con examen de admisibilidad; la regulación de la solicitud de información complementaria para limitar la discrecionalidad; la definición de plazos máximos para resolver; y el reconocimiento del silencio administrativo como una forma de autorización tácita, entre otros aspectos.
Asimismo, incorpora transformaciones estructurales, como:
– La incorporación de avisos y declaraciones juradas para actividades de bajo riesgo.
– La tramitación ágil de proyectos priorizados.
– La participación de entidades técnicas externas en la verificación de requisitos.
– La creación de un marco de mejora regulatoria continua que permitirá ajustar, suprimir o modernizar autorizaciones según la experiencia práctica.
Mejoras en términos de eficiencia
La evaluación ambiental de un proyecto de inversión se aprueba mediante una Resolución de Calificación Ambiental (RCA) favorable, que incluye una serie de compromisos y condiciones, entre ellos, los permisos ambientales sectoriales. Cada uno de estos permisos tiene procesos separados, formularios distintos, tiempos variables y sistemas desconectados, lo que impide el seguimiento oportuno de las solicitudes, produce duplicación de requerimientos ya resueltos en la RCA, y puede generar solicitudes de información ambiental adicional, con los consiguientes retrasos, inconsistencias y falta de certeza jurídica.
Dentro del nuevo marco normativo, los PAS seguirán siendo un componente esencial para la ejecución de proyectos de inversión, pero asumirán un rol más acotado, coordinado y eficiente, evitando duplicidades con la RCA y estandarizando y simplificando su tramitación mediante la clasificación en tipologías (de funcionamiento, de localización, según tipo de proyecto).
Por ejemplo, el Permiso de Cierre de Faenas Mineras, a cargo del Servicio Nacional de Geología y Minería (Sernageomin), actualmente puede incluir evaluaciones ambientales, lo que genera solapamientos con el SEIA. Con las modificaciones incorporadas en la nueva ley, este PAS se limitará a verificar aspectos técnicos y administrativos no evaluados ambientalmente.
Reducción de Plazos
La nueva ley establece la reducción de plazos a través de distintos mecanismos: definición de tiempos máximos para resolver, aplicación del silencio administrativo como autorización tácita en ciertos casos, y procedimientos diferenciados para proyectos priorizados. Aunque las cifras exactas dependerán del reglamento y la implementación efectiva en cada organismo sectorial, se espera que los tiempos se reduzcan de manera significativa (particularmente en permisos que antes demoraban varios meses por falta de estandarización y coordinación).
En específico, la Ley incluye como parte de los mecanismos de fomento a la inversión, la tramitación ágil de iniciativas de inversión estratégicas, la cual implica la reducción a la mitad de los plazos máximos de tramitación de autorizaciones sectoriales señalados en el artículo 20 o en la legislación sectorial respectiva, según sea el caso.
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