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Chile

Expertos advierten que una mala declaración de datos puede clasificar erróneamente a compañías medianas como grandes consumidores de energía.

Ley de Eficiencia Energética amplía exigencia de declaración de consumos para las grandes empresas

jueves 04 de junio del 2026.- A partir de este año, 522 nuevas empresas deberán reportar sus consumos energéticos al Ministerio de Energía como parte de la ampliación de la Ley de Eficiencia Energética en Chile, normativa que busca aumentar el control y monitoreo sobre el uso de energía en el sector productivo.

La regulación obliga a las empresas a informar anualmente sus consumos de electricidad y combustibles, a través del Balance Nacional de Energía. Con esta actualización, el universo de compañías obligadas a reportar se amplía hacia empresas medianas y comerciales que, en muchos casos, no cuentan con experiencia previa en gestión energética.

Según Pablo Demarco, gerente general de Plataforma Energía, empresa especializada en asesoría energética, la medida apunta a fortalecer las políticas de eficiencia energética y mejorar la calidad de la información disponible sobre consumo energético en el país. “Muchas de las empresas que deben cumplir con esta obligación por primera vez, no tienen experiencia en reportes energéticos y un pequeño error en la entrega de la información puede generar problemas importantes”, señaló el ejecutivo.

La normativa pone especial atención en los llamados Consumidores con Capacidad de Gestión de Energía (CCGE), categoría que agrupa a empresas con consumos superiores a 50 Tcal (teracalorías) anuales, propios de grandes instalaciones industriales o compañías con alta intensidad energética dentro del sistema productivo. Las Tcal son una unidad de energía utilizada para medir consumos a gran escala. Una Tcal equivale a mil millones de calorías y se utiliza para expresar el consumo total de electricidad y combustibles de una empresa en un solo indicador.

Las empresas clasificadas como CCGE deben cumplir exigencias adicionales, como implementar sistemas de gestión energética, monitorear consumos y reportar indicadores periódicamente. Además, las compañías incluidas en esta categoría deberán contar con Sistemas de Gestión de Energía (SGE) operativos antes de agosto de 2026, plazo establecido por la Ley de Eficiencia Energética y cuyo incumplimiento puede derivar en sanciones económicas.

“Los mayores errores que hemos detectado son confusiones entre unidades como kWh (kilowatt-hora, unidad habitual para medir consumo eléctrico) y MWh (megawatt-hora, equivalente a 1.000 kWh). Ese error multiplica inmediatamente por mil el consumo declarado y puede hacer que una empresa aparezca equivocadamente como un gran consumidor de energía”, explicó Demarco.

Este tipo de errores puede generar obligaciones regulatorias adicionales e incluso costos asociados para empresas que realmente no alcanzan el umbral establecido por la ley. “Si una empresa mediana, que no es intensiva en energía como una fundición o una planta de celulosa, aparece sobre las 50 Tcal anuales, probablemente existe un error en la información ingresada y debería revisarse con apoyo técnico”, agregó el ejecutivo.

Otro de los obstáculos para las empresas tiene relación con la recopilación y consolidación de la información energética. En muchos casos, los consumos de combustibles y electricidad se encuentran registrados únicamente desde el punto de vista contable, sin el detalle técnico necesario para cumplir correctamente con el reporte.

“El principal desafío es acceder a los consumos de energía y combustibles, asignarlos correctamente a cada instalación y definir sus usos. Muchas veces la información existe en contabilidad, pero solo considera costos y no unidades energéticas”, indicó Demarco.

Desde Plataforma Energía estiman que esta normativa representa una etapa de transición hacia una mayor madurez en gestión energética empresarial y no descartan que, en el futuro, el umbral actual de 50 Tcal anuales pueda disminuir para incorporar a más compañías dentro de las obligaciones establecidas por la ley. En ese contexto, se recomienda que las empresas revisen anticipadamente sus consumos energéticos y validen correctamente las unidades reportadas.


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