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Chile

Alejandro Montt, Director Energía, Minería y Recursos Naturales Albagli Zaliasnik.

Desafíos legales para la minería

martes 02 de enero del 2024.- En materia legal, el 2023 trajo consigo nutrida nueva regulación como no se veía hace años, entre la que podemos nombrar: el nuevo royalty para la minería, introduciendo un elemento “ad valorem” y un límite de carga tributaria de 46,5% de la rentabilidad operacional, y de un 45,5% para los explotadores mineros cuyas ventas sean hasta el equivalente a 80.000 TMCF; la Estrategia Nacional del Litio; la Ley para la Naturaleza, que crea el Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas (SBAP); la Ley de Almacenamiento y Electromovilidad; la Ley de Delitos Económicos; la Estrategia Nacional de Hidrógeno Verde; y la recién aprobada modificación a la Ley N° 21.420 que introduce los mayores cambios al marco jurídico de la minería en su historia reciente.

Esta nueva regulación traerá consigo una serie de desafíos legales y regulatorios, los que se sumarán a los múltiples proyectos que se tramitan actualmente. Describir todos estos desafíos es una tarea que supera esta breve columna, pero nos referiremos a unos cuantos desafíos que se estiman especialmente relevantes.

1. Litio: los desafíos para el desarrollo de la industria son múltiples. Desde la presentación de la Estrategia Nacional del Litio, en abril del año 2023, ha ocurrido la adjudicación a BYD y a Tsingshan de parte de la producción de SQM a precio preferente para la producción de productos de valor agregado, y el acuerdo de asociación entre Codelco y SQM para el desarrollo del proyecto “Salar Futuro”, anunciado mientras escribíamos esta columna. Sin embargo, no se ha otorgado ningún CEOL para nuevas prospecciones, ni se han anunciado nuevos proyectos de particulares.

Se espera que el año 2024 ocurran dos hitos importantes, como la determinación de la red de salares protegidos y la apertura de licitaciones para nuevos CEOL de exploración. Desde el punto de vista legal, se ve como especialmente complejo esto último, teniendo procesos de licitación para litio que se llevarán a cabo en salares con alta concentración de concesionarios mineros, por lo que será de interés revisar cómo el ejecutivo construye las bases de licitación, sus condiciones, y los elementos que existan para evitar la posible litigiosidad que pudiera darse.

Asimismo, habrá que dar seguimiento a la eventual presentación del proyecto de ley que cree la Empresa Nacional del Litio y como se implementa el acuerdo entre Codelco y SQM, por el cual Codelco pasará a tener el control de las operaciones de litio en el Salar de Atacama hasta el año 2060.

2. Aguas: los temas de aguas y energía son y seguirán siendo de alta sensibilidad para la minería. La reciente promulgación de la Ley N° 21.639 que permite al MOP construir y concesionar plantas desalinizadoras con fines de agua potable, saneamiento y riego es un gran avance para el desarrollo público de estas iniciativas. Para el año 2024, algunos desafíos que debieran ser considerados en los proyectos de ley que se discuten en el Congreso serán el tener una mejor institucionalidad que permita otorgar concesiones de desalación en menor tiempo, el aclarar el título para extraer el agua desalinizada y su naturaleza jurídica una vez extraída, y la posibilidad de incluir a los proyectos de desalinización como proyectos que deban ingresar como unidad al SEIA.

3. Energía: dentro de los desafíos del año 2024, uno que parece especialmente relevante será la licitación de suministro para clientes regulados, ya que permitirá e incentivará incorporar tecnología de almacenamiento. En ese sentido, las modificaciones a la remuneración de pago de potencia de suficiencia que debieran promulgarse a principios del año 2024 permitirán remunerar a estos sistemas, lo que debiera servir de aliciente para una mayor inversión en almacenamiento y servir de ayuda en la senda de expansión de las energías renovables y descarbonización de nuestra matriz.

4. Ley de Delitos Económicos y Atentados contra el Medio Ambiente: la nueva regulación de delitos económicos va a representar un desafío mayor para las empresas mineras, ya que significará involucrar de mejor forma a los directorios y ejecutivos principales, debiendo adaptar matrices de riesgo e implementar modelos de prevención de delitos fortalecidos que sean eficaces, conocidos y comprensivos de los nuevos delitos, especialmente los relativos a temas ambientales y conductas administrativas reñidas con la ley (elusión del SEIA, fraccionamiento de proyectos, ocultamiento y/o presentación de información falsa en procesos de evaluación ambiental y de fiscalización, y otras). Esta nueva normativa entrará en vigor el día primero de septiembre de 2024 respecto de la responsabilidad penal de las personas jurídicas, por lo que se prevé que antes de dicha fecha la industria minera deberá realizar un trabajo profundo de adaptación a esta nueva normativa.

5. Medio ambiente: los temas medio ambientales fueron uno de los protagonistas de la agenda del año 2023. Para el año 2024 seguirá siendo un tema de la mayor relevancia. Primeramente, producto de la aplicación del nuevo Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), el que eleva los estándares de los proyectos de inversión mediante el considerar variables relacionadas al cambio climático, extendiendo la revisión del artículo 25 quinquies de la Ley N° 19.300 a las Resoluciones de Calificación Ambiental (RCAs) de proyectos ingresados a través de Declaraciones de Impacto Ambiental (DIAs), y ampliando la posibilidad de participación ciudadana para todos los proyectos que ingresen al sistema de evaluación.

Asimismo, habrá que estar atentos al proyecto de ley que modificará el SEIA, considerando que la promesa del gobierno es disminuir los tiempos de tramitación. En este sentido, hubiera sido interesante poder analizar el prometido proyecto de ley a cargo del Ministerio de Economía que reduciría la complejidad de los denominados “permisos sectoriales”, evitaría repetición de trámites, mejoraría coordinación de los órganos de la administración del Estado y reduciría al menos en un 30% los tiempos de tramitación, pero fue anunciado que no se presentaría por ahora.

El éxito de este proyecto de ley será fundamental para generar un mejor ambiente para la inversión en nuevos proyectos.

6. Modificación del marco legal minero: en este sentido, podemos destacar: (i) las modificaciones a las patentes mineras, eliminando la diferencia entre concesiones metálicas y no metálicas; las patentes de exploración aumentan su monto de 1/50 a 3/50 de UTM por hectárea; y si bien para el año 2024 se seguirá pagando 1/10 de UTM por hectárea respecto de las concesiones de explotación de manera excepcional, en lo sucesivo, si las pertenencias mineras no entran en los escenarios dispuestos por la ley (inicio de trabajos, pertenencias comprendidas en una RCA o en trámite en el SEIA, obtención de permisos establecidos en el reglamento de Seguridad Minera para la pequeña minería, o encontrarse dentro de ciertos concesionarios con menos de 500 hectáreas bajo ciertos supuestos), estarán afectas a un aumento progresivo desde 4/10 de UTM por hectárea durante los primeros cincos años desde que no se consideren en los supuestos de la ley para la patente rebajada, hasta 12 UTM por hectárea a partir del trigésimo primer año; (ii) el cambio en duración de las concesiones de exploración, que pasarán a tener una vigencia de 4 años, renovable por hasta 4 años más si se cumplen algunos requisitos de entrega de información geológica o tramitación ante el SEIA.

Las concesiones de exploración cuya vigencia expire durante el año 2024 se entenderán prorrogadas hasta el 31 de diciembre de 2024, pudiendo ejercerse el derecho de prórroga por otros 4 años dentro del primer semestre de 2024; (iii) la restricción al ejercicio de acciones posesorias, en el sentido de exigir al concesionario minero que ejerce una acción posesoria  contra el dueño, poseedor o mero tenedor de los predios superficiales, acreditar ser titular de un derecho de servidumbre u otro derecho real sobre dicho predio superficial.

Esto, sumado a otros cambios introducidos, representa un cambio radical en la protección de activos e infraestructura crítica de proyectos, debiendo reevaluarse la mantención de mucha propiedad minera que sólo se mantenía por razones de seguridad de activos no mineros; (iv) el cambio en la entrega de información geológica, precisándose los tiempos de entrega y aumentando la multa por no entrega a 100 UTA, pudiendo ser doblada si dicha información es requerida por el Servicio Nacional de Geología y Minería, inhabilitándosele además al concesionario minero para obtener el beneficio de patente reducida; y (v) la eliminación de las referencias al cambio de datum a SIRGAS, dejando la modificación futura encomendada a un nuevo reglamento.

Sin duda, el año 2024 será un año lleno de desafíos tanto legales como de política pública para la minería. Es de esperar que la minería pueda ir recuperando su ritmo de crecimiento y logre entusiasmar a más inversionistas para desarrollar nuevos proyectos, ya que un futuro sustentable y dependiente de las energías renovables y la electromovilidad requiere de más y mejor minería.


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