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Chile

La abogada Marie Claude Plume presentó un informe para apoyar que la decisión del Tercer Tribunal Ambiental de rechazar las tronaduras es la adecuada.

Se reactiva caso de Mina Invierno en la Corte Suprema con nuevo informe de la contraparte

miércoles 12 de agosto del 2020.- Hace cuatro meses Mina Invierno concretó la suspensión de sus operaciones en Isla Riesco, tras un proceso de paralización programada que se inició el año pasado. Esto, luego de que el Tercer Tribunal Ambiental de Valdivia anulara la aprobación ambiental que autorizaba el uso de tronaduras en la minera. La causa escaló a la Corte Suprema y desde diciembre del año pasado no hubo movimiento.

Sin embargo, en la jornada del lunes, se presentó un nuevo informe ante el máximo tribunal que reafirma el rechazo de las tronaduras en Isla Riesco -lugar donde se encuentra Mina Invierno.

El documento, presentado por Marie Claude Plumer, abogada y exjefa de la división de sanción y cumplimiento de la Superintendencia de Medio Ambiente, fue presentado para apoyar la decisión del Tercer Tribunal Ambiental.

El documento titulado «El Componente Paleontológico en el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental – Proyecto Tronaduras, Mina Invierno», fue adjuntado este lunes 10 de agosto a la causa, la cual se encuentra a la espera de que la Corte Suprema llame a las partes a audiencias de alegatos, como apoyo a los argumentos del fallo del tribunal ambiental que el 20 de agosto de 2019, el que resolvió paralizar la extracción de carbón por medio de tronaduras.

«Este informe confirma las razones que llevaron al Tercer Tribunal Ambiental a rechazar el proyecto de Tronaduras, pues sostiene que el impacto sobre el componente paleobotánico debe ser estudiado detalladamente, en razón del tratamiento que le da la legislación vigente. En el caso, en cambio, el SEA y Mina Invierno han utilizado información que no es completa ni útil para saltarse la obligación de hacer un estudio de línea de base y una adecuada predicción de impactos», comenta Diego Lillo, Coordinador de Litigios de ONG FIMA.

Entre sus argumentos, Plumer sostiene que las formaciones paleontológicas son particulares ya que el patrimonio cultural es esencialmente frágil, por lo que es indispensable la acción de tutela del Estado para proteger su integridad. El patrimonio cultural es un componente no renovable, que requiere una aproximación científica y técnica para su protección, siendo esta conservación relevante para el conocimiento acerca de la historia de la vida y la geología del país.

Desde Alerta Isla Riesco, Ana Stipicic señaló que «este informe sustenta los argumentos que hemos venido sosteniendo desde que se inició este proyecto, ya que es imposible evaluar los impactos de las tronaduras en un territorio tan delicado como la Formación Loreto en Isla Riesco sin la existencia de una línea de base, estudio que nunca fue exigido a Mina Invierno, por lo que nunca debieron aprobarse las tronaduras».

Antedecentes

El proceso de paralización programada se inició en el segundo semestre del año pasado, luego que el Tercer Tribunal Ambiental de Valdivia anulara la aprobación ambiental que autorizaba el uso de tronaduras en Mina Invierno. Como consecuencia directa del dictamen, en 2019 la extracción de carbón se redujo en 48,1% y el número de embarques en 53% respecto de lo proyectado.

Tras el despacho del último stock de carbón, la empresa trabajará con una dotación de personal propio y externo de no más de 80 personas, que se encargarán de realizar la mantención de las instalaciones y del equipo minero-portuario, así como del seguimiento de compromisos medioambientales.


Pulso / La Tercera

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