Chile
Los cargos están asociados al incumplimiento del plan de rescate y relocalización de reptiles, y del plan de protección del componente arqueológico, ambos establecidos en su permiso ambiental y que debían aplicarse durante el inicio de obras.

viernes 07 de noviembre del 2025.- La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) formuló tres cargos contra el Proyecto Fotovoltaico Las Chilcas, de titularidad de Las Chilcas Solar SpA, ubicado en Quebrada Ancha, comuna de Arica, Región de Arica y Parinacota.
El proyecto energético, en operación desde septiembre de 2024, consiste en la instalación de aproximadamente 24.192 módulos fotovoltaicos de potencia máxima de 535 Wp cada uno, además de tres estaciones inversoras de 3.340 kVA. Lo anterior, con el objetivo de generar energía eléctrica a partir de una planta fotovoltaica de 12,9 MWp de potencia instalada, inyectando energía al Sistema Eléctrico Nacional (SEN) mediante una línea de media tensión que se conectará a la red de la Compañía General de Electricidad.
En el marco de actividades de fiscalización programadas, a mediados de 2023 la SMA, junto al Servicio Agrícola y Ganadero (SAG), realizó una inspección ambiental a la planta. Posteriormente, a mediados de 2025 la SMA, junto a la Dirección General de Aguas (DGA), realizó una nueva inspección ambiental a la planta.
Tras dichas fiscalizaciones y el análisis posterior, la SMA formuló tres cargos contra el titular del proyecto —dos graves y uno leve— al constatar una serie de incumplimientos a su permiso ambiental.
El primer cargo, de carácter grave, se imputó tras constatar que el titular incumplió el Plan de Rescate y Relocalización de reptiles asociado a la construcción del proyecto, el cual incluía a la Salamanqueja del Norte Grande y al Corredor de Pica. Esto, por no incorporar en la tramitación del Permiso Ambiental Sectorial (PAS 146) al corredor de Pica, como establece la RCA, además de no ejecutar el plan de rescate y relocalización respecto de esta especie.
El segundo cargo, de carácter leve, se fundó en el incumplimiento del Plan de Perturbación Controlada, considerando que la campaña respecto de los reptiles mencionados no se realizó previo al inicio de los trabajos de movimiento de tierras y nivelación del terreno para la construcción del proyecto, como exige el permiso ambiental.
Finalmente, el tercer cargo, de carácter grave, se sustenta en el incumplimiento de la medida de protección del componente arqueológico, dado que no fueron rescatados todos los bienes arqueológicos previo al inicio de la etapa de construcción, según lo establecido en el Plan de Rescate y Recolección de Hallazgos Arqueológicos del proyecto.
Frente a la formulación de cargos, Tania González, jefa de la Oficina Regional de la SMA en Arica, señaló que “las medidas establecidas en el permiso ambiental del titular, destinadas a la no afectación de fauna terrestre —particularmente en la fase de construcción del proyecto—, no fueron cumplidas por el titular, poniendo en riesgo a las dos especies de reptiles que habitan en la zona”.
De acuerdo con la Ley Orgánica de la Superintendencia del Medio Ambiente (LOSMA), las infracciones graves podrán ser objeto de revocación de la RCA, clausura o multa de hasta 5.000 UTA, mientras que las leves podrán ser objeto de multa de hasta 1.000 UTA. Las Chilcas Solar tendrá un plazo de 15 días hábiles para presentar un Programa de Cumplimiento y de 22 días hábiles para formular sus descargos, contados desde la notificación de este procedimiento sancionatorio.
Para más detalles de la formulación de cargos, se puede ingresar al Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA).
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