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Chile

Además, el tribunal mantiene la multa por más de $7 mil millones contra compañía canadiense Barrick Gold.

Tribunal Ambiental confirma clausura total y definitiva del proyecto Pascua Lama

jueves 17 de septiembre del 2020.- El Primer Tribunal Ambiental ratificó hoy la clausura total y definitiva del proyecto minero Pascua Lama.

El organismo resolvió ratificar la sentencia emitida en octubre de 2018 que aprobase la sanción cursada por la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) contra la canadiense Barrick Gold, acusando daños ambientales graves y gravísimos.

Tras escuchar los alegatos en el marco de la reclamación de ilegalidad interpuesta por la filial, Compañía Minera Nevada, y otra presentada por Agrícola Dos Hermanos que abogaba mayores sanciones, el Tribunal mantuvo hoy la multa que supera los $7.000 millones, según indicó el organismo en su cuenta oficial de Twitter.

En este contexto, el ministro presidente del Primer Tribunal Ambiental, Mauricio Oviedo, detalló que el fallo indica que Pascua Lama no cumplió completamente con su Resolución de Calificación Ambiental (RCA). «La Superintendencia obró dentro del ámbito de la legalidad ponderando correctamente los elementos de la proporcionalidad al optar por la sanción de clausura definitiva y no por una clausura parcial o temporal acotada, ya que la magnitud del peligro de daño en la salud de las personas hace necesario el cierre del proyecto minero Pascua Lama al no parecer viables otras alternativas de funcionamiento seguro para el medioambiente y la salud de la población», explicó

Oviedo expuso que «la empresa falló en la implementación de un conjunto de medidas, tanto de infraestructura como organizacional, al no ser capaces de cumplir estrictamente su licencia ambiental y en consecuencia no lograr proteger adecuadamente el medioambiente y la salud de las personas».

En total la SMA levantó cinco cargos, por incumplimientos ambientales respecto al monitoreo de los glaciares y glaciaretes; al monitoreo y descarga de aguas de contacto al río Estrecho; y la utilización de una metodología de cálculo de niveles de alerta de calidad de aguas no autorizada, que utiliza niveles más permisivos que los contemplados en la calificación ambiental.


Portal Minero

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