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Chile

Después de tres meses de discusión, con 92 votos a favor se aprobó en la Cámara de Diputados el proyecto que modifica la ley N° 20.551

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Viernes 06 de Marzo de 2015.- Luego de la discusión del proyecto que modifica la ley N° 20.551 que regula el cierre de faenas e instalaciones mineras y el DL N° 3.525 de 1985, que crea el Sernageomin,  finalmente se aprobó con 92 votos a favor en la Cámara de Diputados.

Esta iniciativa, entre otras, faculta al Sernageomin para requerir la información geológica básica de carácter general, de acuerdo a las especificaciones que se determinen mediante el reglamento respectivo; y plantea promover un ambiente propicio que estimule y posibilite de mejor manera la ejecución de aquellos proyectos de inversión que contribuyen al desarrollo y crecimiento del país, así como de fortalecer la institucionalidad en materia minera.

Además, incorpora un acápite especial, de manera que el plan de cierre no sea una situación que implique exceso de costos y se torne además en una tramitación engorrosa, especialmente si se considera que hoy los planes de explotación deben incluir también los de cierre.

La norma explica  que “para aquellas empresas mineras cuyo fin sea la extracción o beneficio de uno o más yacimientos mineros, y cuya capacidad de extracción de mineral sea superior a diez mil toneladas brutas (10.000 t) mensuales por faena minera, y hasta quinientas mil toneladas brutas (500.000 t) mensuales por faena minera, la vida útil del proyecto minero corresponderá al cálculo que se efectúa en función de los recursos minerales medidos, indicados e inferidos, certificados por una Persona Competente en Recursos y Reservas Mineras, conforme al Estudio de Diagnóstico, establecido en el Código para la Certificación de Prospectos de Exploración, Recursos y Reservas Mineras, de acuerdo a las disposiciones de la ley N° 20.235.

La ministra de minería, Aurora Williams, señaló que “han aprobado esta modificación que recoge una preocupación de la pequeña y mediana minería, que es la constitución de sus garantías frente al cierre de faenas mineras”. Indicó además que “hemos mejorado la definición de la vida útil y la constitución de garantía en especial para la mediana minería y en el caso de la pequeña minería un tema importante es un reconocimiento legal a su existencia y a poder establecer mecanismos absolutamente distintos y particulares para la pequeña minería, para los que tienen planta de procesamiento y para los que no la tienen”.

La secretaria de estado agregó que “este es un reconocimiento a la pequeña minería, ya que es un logro importante que hoy día tengan un cuerpo legal propio y es importante para la mediana minería “para la constitución de garantía, ya que tendrán plazos mayores por su redefinición de vida útil”.

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