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Chile

La Autoridad Fiscalizadora salió al paso de las declaraciones de representantes de las Empresas Distribuidoras de Energía Eléctrica, quienes manifestaron no estar posibilitados para cumplir con lo instruido por SEC.


20 de Enero de 2012.- Luego de que el Superintendente de Electricidad y Combustibles, Luis Ávila, diera a conocer los resultados de los tres procesos administrativos, originados a partir de los cortes de suministro del 27 de julio, 28 de julio y 20 de noviembre del 2010, la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, SEC, ha comenzado a instruir a las Empresas de Distribución Eléctrica, para que realicen de inmediato las compensaciones que corresponde a los distintos usuarios afectados.

Dichas compensaciones, que corresponden al doble del valor de la energía no suministrada, podrían ascender aproximadamente a los $ 133., en el caso de cada uno de los cortes de julio, que afectaron a clientes del SIC, y a $ 89., en el caso del corte de noviembre de 2010, ocurrido en el SING, si tomamos como referencia un cliente residencial, con un consumo promedio mensual de 200 kwh/mes, que producto de estos apagones estuvo durante una hora sin energía eléctrica.

Ante la determinación de la Autoridad, el Director Ejecutivo de Empresas Eléctricas, Rodrigo Castillo, señaló, ante diversos medios de comunicación, que “todavía no tenemos un mecanismo que nos permita realizar ese cobro en contra de quienes resulten responsables, razón por la cual, a la fecha, nos vemos imposibilitados de efectuar este pago de compensaciones”.

Frente a estos dichos, la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, SEC, señaló, a través de una Declaración Pública, que “la Ley es clara al establecer la obligación que tienen las Empresas de Distribución Eléctrica, de pagar compensaciones a sus clientes, cada vez que haya una interrupción no autorizada del suministro eléctrico”.

“Lo anterior, - continúa la Declaración de SEC - ha sido ratificado por la Corte de Apelaciones de Santiago, la que en un fallo reciente, ha respaldado la instrucción de la SEC, en cuanto a que las Empresas Distribuidoras deben calcular y pagar las compensaciones que por Ley proceda”.

Por último, señala la Institución Fiscalizadora, “nadie está por sobre la Ley y por cierto, esperamos que las Empresas Distribuidoras cumplan con la instrucción de la SEC, cumplan con la Ley, pero por sobretodo, cumplan con sus clientes”.

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