Argentina
La Cámara Argentina de Empresarios Mineros, señaló que la minería es “una industria responsable y cuidadosa de los procesos que realiza, para garantizar que los mismos se desarrollen en armonía con el medio ambiente.
Viernes 18 de Diciembre de 2015.- La Cámara Argentina de Empresarios Mineros (CAEM) lamentó el fallo de la Corte Suprema de Justicia de Mendoza dado a conocer esta semana y que ratificó la constitucionalidad de la ley provincial 7.722, de ese modo rechaza del desarrollo minero en la Provincia.
Desde el año 2007 que en Mendoza está vigente la ley 7.722, que limita actividad minera. Ésta prohíbe el uso de sustancias químicas como el cianuro, el mercurio y el ácido sulfúrico en la minería metalífera, y establece que la Declaración de Impacto Ambiental de cada proceso extractivo debe ser ratificada por ley en la Legislatura de la provincia.
Al respecto la CAEM señaló que la minería es “una industria responsable y cuidadosa de los procesos que realiza, para garantizar que los mismos se desarrollen en armonía con el medio ambiente y las comunidades en las que trabaja. Pero esta responsabilidad no es exclusiva de nuestro sector, es una obligación de todas las industrias que contribuyen con el desarrollo del país. Por ello, el sector minero cumple con esta obligación y considera necesario que se haga cumplir”.
“Hoy, la minería es el quinto complejo exportador del país y un sector comprometido con el crecimiento responsable de cada una de las regiones en las que opera. En ese sentido, los empresarios mineros invitamos a los actores involucrados en este fallo a conocer nuestros procesos, a involucrarse en los mismos y su aplicación. Porque es a través del conocimiento y el diálogo que conviven las industrias y la comunidad”, aseguró la entidad mediante un comunicado.
“Es un fallo huérfano de argumentos jurídicos”
El abogado experto en Minería y representante de siete de las empresas que presentaron el pedido de inconstitucionalidad de la Ley, Raúl Rodríguez, dijo que la sentencia del tribunal “es un fallo huérfano de argumentos jurídicos de peso”.
El profesional señaló que la sentencia es “políticamente correcta” y que, desde su punto de vista, los jueces no tuvieron la independencia del contexto social, político y medíatico para tomar su decisión. “Me da la sensación que la corte no ha estado totalmente aislada para decidir objetivamente”, dijo al referirse a las presiones que podrían haber tenido los magistrados por la situación del derrame en Veladero y las manifestaciones de los grupos ambientalistas, consigna diario El Sol.
A su juicio consta de “huérfano de argumentos” porque en las 92 páginas de la sentencia, “no se ha merituado ni valorado la prueba y se hace referencia a situaciones que no han sido parte del juicio, que no presentó ninguna de las dos partes durante el proceso, como Veladero o la encíclica del Papa”.
En ese mismo sentido, agregó: “No es una sentencia que se apoye en el expediente en sí, sino en cuestiones mediáticas. Han hecho una valoración extrajurídica”, aseveró.