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Colombia

La Corporación Autónoma de Cundinamarca le solicitó a la Agencia Nacional de Minería retirar y desalojar a un grupo de mineros de un predio en el municipio de La Calera, en los cerros orientales de Bogotá, donde se realizaba explotación minera.

Lunes 10 de Febrero de 2014.- A pesar de una sentencia de la Corte Constitucional en 2004, en la que se dictó la prohibición de la explotación minera en esa zona por tratarse de un área de reserva forestal, la actividad se estaba realizando gracias a tres contratos.

El predio, conocido como ‘Lomitas’, está ubicado en la vereda Aurora Alta, en La Calera.

En 2009, la CAR había impuesto una medida para suspender la actividad minera. Pero solo hasta ahora la Corporación le envió la solicitud a la Agencia Nacional Minera para que “tome las medidas a que haya lugar en cumplimiento del artículo 36 del Código de Minas”.

El abogado Carlos Alberto Mantilla, que defendía los intereses de los vecinos de la zona, se mostró “muy complacido con las posiciones confluentes de la CAR y de la Defensoría del Pueblo regional Bogotá porque el nuestro es un Estado de derecho”.

En el 2004, la Corte, mediante la sentencia 774, señaló que en dicha zona no podía haber minería. En ese sentido -explica Mantilla-, el tribunal exhortó a la Procuraduría, a la Defensoría del Pueblo y a la Fiscalía, realizar seguimiento, mientras que a la CAR le ordenó hacer efectiva la sentencia que ordena el cumplimiento del Código de Minas.

"La normatividad ambiental es de orden público y prevalente sobre las demás leyes", concluye Mantilla.

El tiempo.com

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