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Chile

Expertos dicen que como está planteada la ley, en las licitaciones en curso y que se adjudicarán a comienzos de 2014, se deberá incluir el nuevo requerimiento, que establece avanzar hasta el 20% de participación de energías renovables para el oferente.

Jueves 05 de Septiembre de 2013.- Si la próxima la licitación de suministro eléctrico, cuyas bases alista la Comisión Nacional de Energía (CNE) ya tenía poco atractivo para los generadores eléctricos, ahora se agregará un nuevo elemento de rigidez: la ley 20-25.

La reciente aprobación de esta norma obligará a que todos los contratos firmados con posterioridad a su promulgación, hecho que debería producirse en las próximas semanas, incorporen la obligación de que parte de la electricidad incluida en el acuerdo provenga de algún tipo de energía renovable. Dentro de la industria aseguran que, dado el bajo interés que despierta la licitación, con este requisito se corre el riesgo de que el proceso fracase.

El requerimiento, de ahí el nombre de la ley, establece que a 2025 el 20% de esa energía sea ERNC, lo que es bastante considerando que la obligación se aplica sobre la energía y no sobre la potencia, lo que implicará una importante inversión en nueva capacidad instalada, dado que las ERNC -principalmente eólica y solar- tienen un bajo factor de planta.

Si la ley no tiene ninguna vigencia especial, rige desde su publicación en el Diario Oficial y, en tal caso, para los contratos posteriores al 1 de junio de 2013 la obligación es de 5% para este mismo año, con incrementos de 1 punto porcentual a partir de 2014 hasta 12% el 2020 y luego, incrementos de 1,5 pp anual hasta completar 20% de ERNC el 2025”, explica Eugenio Evans, abogado de Fermandois, Evans & Cia.

A comienzos de agosto, en entrevista, el ministro de Energía, Jorge Bunster, planteaba que la aprobación de la ley 20-25 era el principal requisito para que los contratos incluyeran esta obligación.

“La ley 20-25 todavía no ha sido aprobada por el Parlamento, y la ley comienza a regir en el momento en que se aprueba y se publica en el Diario Oficial. A partir de ahí comienza la obligación. Entonces, mientras no tengamos ley, no existe la obligación”, señaló entonces.

Pero la ley ya se aprobó y, entonces, serán precisamente los nuevos contratos los primeros que se firmarán -al menos, entre distribuidoras y generadoras- desde la entrada en vigencia de la nueva ley.


VISIÓN DE LOS RENOVABLES

“Efectivamente, los contratos eléctricos que se adjudiquen como resultado de las  licitaciones en curso (si es que se adjudican) estarán sujetos a esta ley.  Las distribuidoras podrían comprar directamente la ERNC necesaria y así reducir sus costos, pero con la interpretación que hace actualmente la CNE de la ley y su reglamento, eso es imposible ahora. Nuestra opinión es que una lectura correcta de la ley dice precisamente lo contrario”, explica el director ejecutivo de la Asociación Chilena de Energías Renovables (Acera), Carlos Finat.

Lo que ha sido criticado es que la ley coloca la obligación del lado de los generadores, cuestión que es discutible. Distintos expertos han afirmado que la actual ley, que establece esa responsabilidad en las eléctricas, ha fracasado porque para ellas es más fácil traspasar a los clientes el costo de la multa en vez de salir a comprar ERNC al mercado.

No obstante, la nueva ley resguarda esa situación y propone nuevas herramientas para fortalecer el rol de las ERNC en la matriz, como licitaciones de bloques especiales de ERNC y otras.

Aún así, los renovables han criticado el hecho de que la licitación en ciernes apunta a bloques fijos de energía mensual, lo que necesita que se esté generando todo el tiempo y que deja fuera a las energías por naturaleza intermitentes.

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