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Perú

29 de Agosto de 2011.- El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) aprobó un procedimiento simplificado para la formulación y evaluación de los proyectos de inversión pública que se den al amparo del Decreto de Urgencia N° 049­2011, el cual dictó disposiciones para asegurar, en el corto plazo, el abastecimiento de energía eléctrica en el Sistema Eléctrico Interconectado Nacional (SEIN).
Según una resolución de la Dirección General de Política de Inversiones (DGPI) del MEF publicada hoy en el Boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, este procedimiento estará vigente a partir del 29 de agosto del 2011 hasta el 31 de diciembre del 2013.

La norma aprueba también los contenidos específicos para los términos de referencia y estudios de preinversión a nivel de perfil y factibilidad de los proyectos de inversión en contextos de restricción de servicios a cargo del Estado.

Dichos contenidos serán de aplicación únicamente a los proyectos que se formulen en el marco del Decreto de Urgencia N° 049­2011.

La norma del MEF establece que las Unidades Formuladoras y Oficinas de Programación e Inversiones del sector Energía y Minas y del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (Fonafe), así como la DGPI, se reunirán en un plazo máximo de cinco días hábiles contados a partir de este lunes.

En la reunión se acordará un cronograma de trabajo para la formulación y evaluación de los proyectos de inversión pública que se formulen en el marco del Decreto de Urgencia N° 049­2011.

La Unidad Formuladora deberá presentar a la Oficina de Programación e Inversiones (OPI) responsable de la evaluación de los Proyectos de Inversión Pública (PIP), los términos de referencia o plan de trabajo para la elaboración de los estudios de preinversión de los PIP:

La OPI tendrá un plazo máximo de tres días hábiles para aprobar los términos de referencia o el plan de trabajo, mientras que el plazo para la evaluación conjunta del perfil del PIP es de siete días hábiles en total, contado desde la recepción de toda la información necesaria para realizar la evaluación.

El perfil del proyecto es aprobado por la OPI, mediante informe técnico, siempre que no existan observaciones o se hayan levantado las observaciones planteadas en la evaluación.

Si el monto de inversión total del PIP, a precios de mercado es menor o igual a diez millones de nuevos soles, la OPI, con la aprobación del perfil, solicita a la DGPI la declaración de viabilidad del proyecto.

Pero si el monto de inversión, a precios de mercado, es mayor a diez millones de soles entonces la OPI aprueba el perfil y luego la Unidad Formuladora deberá elaborar el estudio de factibilidad.

Entre otras disposiciones, se establece que el plazo para la evaluación conjunta del estudio de factibilidad será de 14 días hábiles, contados desde la recepción de toda la información necesaria para realizar la información.

La DGPI, en coordinación con la OPI del sector Energía y Minas y la OPI del Fonafe, dispondrá que en 2012 se realice un estudio que analice el desabastecimiento de energía eléctrica generado en el SEIN y sus implicancias futuras (Andina).

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