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Chile

Árbitro determinó que Hidroenersur puede operar central en campo del empresario.

4 de Octubre de 2011.- La empresas Hidroenersur e Hidroaustral, de las familias italianas Ferrero y Scotta, asesoradas por los abogados José Ignacio Jiménez y Clemente Pérez ­del estudio Guerrero, Olivos, Novoa y Errázuriz­, protagonizaron una disputa con Inversiones Intercorp Limitada. Clemente Pérez explicó que la sociedad con la cual tienen el conflicto está vinculada con el controlador de SQM, Julio Ponce. Agrega que la disputa databa desde hace unos tres años, cuando la firma ­que se dedica a hacer centrales de pasada­ convino con el empresario el pago de unos US$ 2,4 millones por la servidumbre cesión de derechos de agua y concesiones mineras, construir caminos, ductos subterráneos y una central de 37 Mw, en un fundo de su propiedad, ubicado en Puyehue. El proyecto, denominado Casualidad, implica una inversión de US$ 50 millones y consta de dos centrales: El Mocho y El Salto.

Pérez agrega que cuando las obras estaban construidas, Intercorp negó la entrada al predio, pidiendo una indemnización ­sobre la que no llegaron a acuerdo­ por una tala en una zona de 2.900 m2 de especies no protegidas, que no estaba en el contrato. Ante esto, Hidroenersur solicitó al Centro de Arbitrajes y Mediación de la Cámara de Comercio de Santiago, el 14 de enero de 2010, la designación de un árbitro. El caso fue asumido por José Tomás Guzmán Salcedo, quien tras año y medio falló la semana pasada la demanda. Ordenó la entrega de la posesión material de los terrenos en cuestión, para cerrarlos; además del libre ingreso y salida de los mismos a través de caminos interiores, entrega que debe materializarse en 10 días. Ello, salvo que se interponga una acción legal.

Hidroenersur deberá presentar la solicitud de la subdivisión del terreno y tramitar su obtención, mientras que Intercorp deberá concurrir a la firma de las escrituras.

Respecto de la demanda de Intercorp, se condenó a Hidroaustral/Hidroenersur a indemnizar los perjuicios por la tala de ulmos y a pagar lo que se determine por la extensión de las servidumbres que excedan lo indicado en el contrato, "debiendo discutir el monto en la etapa de cumplimiento del fallo ante quien en derecho corresponda".

Intercorp fue representada por los abogados Jorge Vial Alamos y Juan Carlos Dörr Zegers, del estudio Urenda, Rencoret, Orrego y Dörr.

Este último declinó referirse al fallo. Afirmó que no comenta temas de clientes con la prensa (LT).

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