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Chile

Resolución Exenta 574 establece que los titulares de Resoluciones de Calificación Ambiental (RCA) deben actualizar los datos de proyectos aprobados ambientalmente. A la fecha, 5.303 RCA han sido modificadas.

Viernes 18 de Enero de 2013.- Con el objetivo de asegurar la debida publicidad y clarificar la información a la comunidad regulada, la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) recuerda que el plazo de entrega de actualización de información de las Resoluciones de Calificación Ambiental (RCA) finaliza el día 21 de enero, tal como establece la Resolución Exenta N° 574, publicada en octubre de 2012 en el Diario Oficial.

Este primer requerimiento obligatorio de la SMA busca asegurar el debido proceso, que corresponde a un derecho fundamental de los regulados cuando sean notificados de actuaciones por parte de esta Superintendencia, tras las cuales se gatillan plazos para que los regulados ejerzan sus derechos.

La información que se solicita son datos de identificación como: RUT, domicilio, teléfono, correo electrónico, representante legal; así como también aclarar si el proyecto está en etapa de construcción, operación o cierre.

Esta actualización es muy importante para la SMA, pues existen 12.940 proyectos aprobados con RCA, de los cuales algunos ingresaron sus datos hace más de 15 años al Sistema de Evaluación Ambiental y no han actualizado cambios de titular ni en qué estado de ejecución se encuentran. Esta solicitud responde a la obligación legal que tiene la Superintendencia de crear un Registro Público de RCA.

Hasta el jueves 17 de enero, un 41% de las RCA del sistema han sido actualizadas por sus titulares en la web de la SMA.

Cabe recordar que la RCA es el permiso que establece las condiciones de funcionamiento de una instalación o faena –para titulares públicos y privados-, y es uno de los instrumentos de gestión ambiental fiscalizados por la Superintendencia. Desde octubre de 2012, hasta la fecha, se han enviado más de 20.000 correos electrónicos a los titulares de RCA, se habilitó una mesa de atención telefónica, y también se han impartido talleres y charlas para explicar este requerimiento de información.

En el caso de aquellas empresas que no corroboren los datos de sus RCA la Superintendencia podría iniciar un procedimiento sancionatorio por incumplir este requerimiento de información obligatoria, lo que de acuerdo a la ley se constituye como una infracción grave, que va desde 1 UTA a 5.000 UTA.

LTOL

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