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Chile

Modernización a oferta pública de valores extranjeros en Chile simplifica actuales requisitos de inscripción.

Lunes 04 de Noviembre de 2013.- La modernización de los requisitos de la oferta pública de valores extranjeros en Chile, emitida el 22 de octubre por la Superintendencia de Valores y Seguros (SVS), abre, a juicio de los expertos, posibilidades de profundizar el mercado bursátil local y de facilitar la entrada de sectores poco representados, como la minería.

Y es que pese a la importancia de la industria minera, que es por lejos la mayor fuente de ingresos del país, estas empresas no cotizan sus valores localmente y están muy alejadas de realidades como la de Perú, donde estas compañías alcanzan la mitad de la capitalización bursátil de todo el mercado. ?La Norma de Carácter General Nº 352, que moderniza los requisitos para hacer oferta pública de valores extranjeros en Chile, plantea una serie de facilidades para que, al amparo de convenios de colaboración suscritos entre la SVS y los reguladores de mercados extranjeros, “se puedan exceptuar de inscripción los valores ya registrados en esos mercados”.

Además, con esta nueva normativa se simplifican los actuales requisitos de inscripción, al exigir sólo aquella información que el emisor de los valores presenta a su regulador extranjero y permite la inscripción de valores cuyo emisor no está sujeto a la supervisión del regulador del mercado externo, “en la medida que se hayan cumplido los requisitos de información que la bolsa nacional hubiere establecido en su reglamentación”.

Para el subsecretario de Minería, Francisco Orrego, esta medida permite incentivar e incrementar el proceso de exploración minera en Chile a través de una serie de medidas, entre las cuales se encuentra la nueva normativa de la SVS tendiente a avanzar en la agenda del mercado de capitales mineros a través de la Bolsa Off –Shore.

Además, el subsecretario destacó que busca desarrollar un mercado de financiamiento para compañías mineras junior en Chile y “contribuirá a incrementar las inversiones en exploración”.

Agentes de mercado explican además que la normativa del regulador apunta a facilitar y abaratar los requerimientos para el listado de acciones de compañías extranjeras de todos los rubros. ??

Bolsa de Productos?

De esta forma, la agenda del mercado de capitales mineros impulsada por el Ejecutivo comprende la ampliación del giro de la Bolsa de Productos de Chile, medida que permitirá el intercambio simple de productos de la industria minera en la Bolsa. A través de la Bolsa de Productos se busca transar concesiones mineras de exploración y explotación, además de una serie de instrumentos bursátiles físicos y financieros, que permitan acercar el mercado financiero local a esta actividad. Actualmente, la inclusión de esta ampliación legal se encuentra en su etapa de elaboración final, pudiendo ser despachada prontamente al Congreso.

Mineras Junior?

De forma paralela a la emisión de esta normativa, la Bolsa de Comercio de Santiago continúa las conversaciones con la Bolsa de Toronto Venture Capital, con la idea de crear de una bolsa minera en el país.

Uno de los elementos claves en los que trabaja actualmente la plaza local con su par canadiense son los requerimientos de listing, que han sido diseñados específicamente para el sector minero, y consideran entre otros detalles, requisitos técnicos específicos según la etapa del proyecto, certificación técnica de un experto independiente, background del management y cumplimiento de una serie de normativa especificas.

Algunos de los requisitos que simplifica la normativa

Cuando la solicitud de inscripción sea solicitada, el emisor deberá nombrar un representante legal en Chile que se encuentre debidamente facultado para solicitar la inscripción.
La información pública que existirá de éstos valores será exclusivamente aquella que el regulador del mercado de origen  del emisor haya exigido.

La normativa incorpora la opción de que, al amparo de convenios de colaboración suscritos entre la SVS y reguladores de mercados extranjeros, se puedan exceptuar de inscripción los valores ya registrados en esos mercados. Lo anterior, en atención a que esos convenios de colaboración permitirán a los inversionistas contar con información veraz, suficiente y oportuna sobre los valores extranjeros y sus emisores.

DF

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