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Chile

Lunes 09 de Diciembre de 2013.- El esquema que identificó la SVS en la investigación del Caso Cascadas y el rol que habrían jugado cada uno de los involucrados, según la formulación de cargos, permitirían sustentar un caso con argumentos suficientes para que se incluya el delito por uso de información privilegiada.

A esta conclusión habrían llegado los accionistas institucionales luego de analizar en detalle el contenido de la investigación del regulador, por lo que evalúan seriamente recurrir a este organismo para solicitar que los cargos se amplíen a dicha figura.

De hecho, quienes conocen el proceso que está llevando adelante la SVS aseguran que el regulador habría analizado la posibilidad de agregar cargos por esta infracción a la Ley de Mercado de Valores, pero que tras un análisis legal de la alternativa se habría descartado.

Pero también se evalúa la posibilidad de ir en paralelo a la Justicia con esta nueva arista. Según cercanos a los institucionales, la forma en que funciona el esquema denunciado por la Superintendencia es prueba suficiente para establecer que al menos Julio Ponce habría tenido un rol en las transacciones denunciadas que configura la existencia de este delito.
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¿Qué dice le ley??

La Ley de Mercado de Valores define en su artículo 164 que se entiende por información privilegiada “cualquier información referida a uno o varios emisores de valores, a sus negocios o a uno o varios valores por ellos emitidos, no divulgada al mercado y cuyo conocimiento, por su naturaleza, sea capaz de influir en la cotización de los valores emitidos, como asimismo, la información reservada a que se refiere el artículo 10 de esta ley”.

Y agrega: “también se entenderá por información privilegiada, la que se posee sobre decisiones de adquisición, enajenación y aceptación o rechazo de ofertas específicas de un inversionista institucional en el mercado de valores”.

Al mismo tiempo, señala que las penas que se arriesgan por esta infracción son de presidio menor en su grado medio a presidio mayor en su grado mínimo, o sea, desde 541 días hasta diez años.

DF

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