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Chile

En julio pasado, la Corte de Apelaciones de Copiapó ratificó la paralización del proyecto minero, luego de realizar una inédita inspección a más de 4 mil metros de altura.

Martes 27 de Agosto de 2013.- La Sala Constitucional de la Corte Suprema de Chile comenzó a escuchar los alegatos y el análisis de la decisión de la justicia de Atacama que paralizó el proyecto minero Pascua Lama de la transnacional minera Barrick Gold hasta que cumpla con las medidas de mitigación impuestas por el regulador ambiental.  En julio pasado, la Corte de Apelaciones de Copiapó ratificó la paralización del proyecto minero, luego de realizar una inédita inspección a más de 4 mil metros de altura.

El fallo sostuvo que Barrick no cumplió con las obligaciones medioambientales con las que se comprometió en su Resolución de Calificación Ambiental (RCA) y ordena que la empresa proceda al cumplimiento de los compromisos con la autoridad y determinó que la minera no podrá continuar con el proyecto mientras no se desarrolle íntegramente las obras de mitigación para no dañar el medio ambiente y la vida de la población.

El tribunal acordó "mantener paralizada la construcción del proyecto minero en cuestión hasta que se adopten todas las medidas contempladas (...) para el adecuado funcionamiento del sistema de manejo de aguas, así como las medidas urgentes y transitorias que ha ordenado la Superintendencia del Medio Ambiente".

Comunidad 

La parte querellante está conformada en este caso por 13 representantes de comunidades que reúnen a tres mil personas diaguitas, las cuales pidieron a la Corte Suprema que se aplique el Convenio 169 de la Organización Internacional de Trabajo (OIT), en lo referido al derecho a consulta de los pueblos indígenas.

El abogado que patrocina a los diaguitas, Lorenzo Soto, explicitó el argumento central presentado ante la Suprema.

Por esto, el abogado de las comunidades indígenas explicó que “esta parte que representa a las comunidades Diaguitas fue muy concreta y precisa en pedir que se confirme la paralización, pero que se vaya un poco más allá, es decir, que se reevalúe el proyecto en todo aquello en que el proyecto se ha excedido del permiso ambiental. Hay obras que se han construido y que no están autorizadas. Obras del sistema de manejo de aguas, canales de conducción de descarga, que ejecutó por meras y simples vías de hecho. Esas obras no están dentro de la RCA, lo que estamos pidiendo ahora, que junto con revisar ambientalmente el proyecto en lo incumplido, se haga una nueva evaluación en todo aquello ejecutado que está fuera del permiso ambiental”.

Aun cuando el proyecto Pascua Lama se aprobó el año 2006, importa decir que la prospección minera (es decir, la fase en que se buscaba el oro), entre la década de 1980 y la aprobación del proyecto, redujo en 70% a los glaciares Toro I, Toro II y Esperanza, según evidenció la consultora Golder Asociados (Apoyo Agencias).

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