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Bolivia

Jueves 02 de Mayo de 2013.- Los actores mineros, especialmente los privados y los cooperativistas, son víctimas del avasallamiento a sus áreas mineras, además de agresiones y de otra clase de vejámenes, de quienes buscan no sólo apoderarse de esos lugares, sino que, también, se encuentran en el camino de su explotación, sin ninguna autorización y menos contratos con el Estado.

Esta situación obligó a los mismos a exigir a las autoridades seguridad jurídica, la que, al final, parece haberse dado el día de ayer cuando el Presidente del Estado Plurinacional promulgó la Ley contra el Avasallamiento, en un acto público que se llevó a cabo en la Plaza Murillo de la ciudad de La Paz, en oportunidad de conmemorarse el Día del Trabajo.

Esa disposición legal, en tres artículos, se incorpora al Código Penal, con sanciones de privación de libertad por los avasallamientos a áreas mineras que tienen Contratos o a las denominadas concesiones pre-constituidas; se penaliza a quienes trabajen en áreas mineras de reserva fiscal, sin ninguna clase de autorización, como lo manda el Código Minero, y también se sanciona a los comercializadores del mineral obtenido ilegalmente.

Es decir un compendio de tipificación de faltas a la seguridad jurídica y al derecho al trabajo, que se incorporan en el derecho penal boliviano, y que, seguramente, serán motivo de un serio análisis por quienes no comprendieron que los derechos de los ciudadanos terminan cuando empiezan los derechos de sus compatriotas.

Se ha vivido y aún se vice una mala interpretación de la Constitución Política del Estado en lo que se refiere a la explotación de los recursos naturales no renovables, los que son de todos los bolivianos, y no de un grupo o de personas que tengan derecho a la tierra, como sucede actualmente, los que se encargan de atropellar, avasallar y agredir a quienes lograron adquirir contratos para sus labores mineras.

Debemos mencionar que, en la oportunidad, el Jefe de Estado también promulgó otra Ley sobre Contratos Mineros, por medio de la cual termina la administración de las reservas fiscales y la concesión de las mismas a los actores mineros, competencia que temporalmente se la traslada a la Autoridad General Minera, antes de ahora Superintendencia de Minas, hasta que se apruebe la nueva Ley Minera, en la que se establece una Autoridad Jerárquica para esta labor.

La Corporación Minera de Bolivia deberá asumir sus funciones como actor minero estatal, para la exploración y explotación de los recursos naturales, junto al sector sindical, que es el que se encuentra bajo su dependencia, por cuanto los cooperativistas son autogestionarios, es decir invierten su trabajo y tiempo en esa labor, mientras que los privados arriesgan su capital para laborar en las minas.

Solamente faltaría la aprobación y promulgación de la Ley Minera, que se encuentra actualmente en su última fase de redacción a cargo de una Comisión compuesta por los tres actores mineros reconocidos por la Carta Magna, trabajo que, seguramente, será socializado antes de su traslado al poder Ejecutivo y de éste al Legislativo.

Jornadanet.com

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