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Chile

Tribunal respaldó la forma como el proyecto minero aplicó el Convenio 169 de la OIT.

Viernes 03 de Mayo de 2013.- En fallo unánime, la Corte de Apelaciones de Copiapó rechazó el recurso de protección presentado por integrantes de la comunidad de Colla y el diputado Lautaro Carmona, en contra de la aprobación de la evaluación ambiental de la “Optimización Proyecto Minero Cerro Casale”, que realizó el Servicio de Evaluación Ambiental de la Tercera Región de Atacama.

El fallo determina que no existió acto arbitrario y que se cumplió con la consulta a las comunidades indígenas en la tramitación del proyecto, como establece el Convenio 169 de la OIT.

El tribunal determinó que pese a que en la reglamentación del procedimiento de evaluación aún no se han dictado normas relativas a la oportunidad en que ésta deba efectuarse, “atendido el carácter de instrumento internacional cuya aplicación debe efectuarse en armonía en relación con las restantes disposiciones de orden nacional que regulan la materia (...), tal y como lo reconocen los propios recurrentes, tal consulta efectivamente tuvo lugar en el marco de la evaluación ambiental del proyecto”. Agrega que el proceso se ajustó al estatuto protector de la comunidad recurrente, efectuando la consulta respectiva.

Fuentes conocedoras del proceso explicaron que las consultas a las comunidades indígenas del proyecto Cerro Casale tuvieron varias etapas. Gran parte de ellas se realizaron entre septiembre de 2011 y enero de este año, durante la tramitación del estudio de Evaluación de Impacto Ambiental (EIA). Tomaron contactos iniciales con las comunidades para informarles sobre el proyecto. Luego, les ofrecieron contratar consultores externos elegidos por la propia ciudadanía para que les explicaran los alcances del proyecto durante la tramitación de Cerro Casale. Las comunidades indígenas también fueron consultadas cada vez que la compañía respondió las observaciones realizadas por las autoridades, aunque la minera tomó la decisión de incorporar o no los comentarios que recibió. Como se generaron diferencias, las comunidades optaron por las acciones legales. La minera fue asesorada por el estudio Urrutia y Cía. Abogados.

LTOL

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