Home   +562 2225 0164 info@portalminero.com

Síguenos

Skip to end of metadata
Go to start of metadata

Perú

El número ha desertado suspicacia, puesto que coincide con la cifra de proyectos que, de acuerdo a la Defensoría del Pueblo, deberían ser sometidos a procesos de consulta previa. Dicha entidad, basandose en un reporte del Ministerio de Cultura enviado al Ministerio de Energía y Minas, estableció en 14 la cifra de proyectos que proyectaban su área de influencia en territorios en los que existen pueblos indígenas.

Lunes 29 de Abril de 2013.- El Ministro de Economía, Luis Miguel Castilla anunció la semana pasada que se conformará un “grupo especial” para realizar el seguimiento a los principales proyectos de inversión en el país, con el objetivo de evaluar los procedimientos burocráticos que paralizan o retrasan su ejecución. En su anuncio, difundido por el diario Gestión edición de 18 de abril, Castilla señaló que se busca “destrabar” 14 proyectos mineros que se encuentran en “fase de exploración”.

El número ha desertado suspicacia, puesto que coincide con la cifra de proyectos que, de acuerdo a la Defensoría del Pueblo, deberían ser sometidos a procesos de consulta previa. Dicha entidad, basandose en un reporte del Ministerio de Cultura enviado al Ministerio de Energía y Minas, estableció en 14 la cifra de proyectos que proyectaban su área de influencia en territorios en los que existen pueblos indígenas.

La cartera estimada de inversión en minería que maneja el Ministerio de Energía para 2013 incluye 47 proyectos; de ellos, 25 se encuentran en fase de exploración. De acuerdo al diario La República, entre los proyectos que se buscaría exonerar del proceso de consulta previa estarían el proyecto Angostura en la comunidad campesina de Nueva Esperanza de Mollepiña, en Apurímac; el Proyecto Magistral en Conchucos, Áncash y el Proyecto Marcobre en Nasca, Ica.

A pesar de haberse aprobado hace casi un año la directiva que establece las normas, pautas y procedimientos para la administración de la Base de Datos Oficial de los Pueblos Indígenas, esta aún no ha sido publicada. Tampoco se ha dado a conocer la “Guía metodológica para la implementación del derecho de consulta previa”, como lo dispone el artículo 28° del Decreto Supremo N° 001-2012-MC, que fijaba el plazo para hacerlo en 30 días.

Al respecto, Alicia Abanto, Defensora Adjunta para el Medio Ambiente, Servicios Públicos y Pueblos Indígenas, de la Defensoría, advierte que esto no es impedimento para que el Estado haga cumplir el derecho a la consulta previa.

Lamula.pe

Portal Minero